La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a una mujer y a su hijo a siete años de cárcel por tráfico de drogas y blanqueo de capitales. Junto a ellos se sentó en el banquillo de los acusados la pareja de la mujer que ha sido sentenciado por blanqueo de capitales. Fueron detenidos en el marco de la operación 'Jarete' destapada a últimos de 2016 en la comarca de Villanueva de los Infantes.
El juicio se desarrolló en varias sesiones, finales de abril y primeros de mayo. La vista oral comenzó después de que siete de los doce encausados admitieran el delito de tráfico de drogas y pactaran penas de entre uno y dos años y tres meses de cárcel.
La principal encausada María Leyda M. O., su hijo Carlos Andrés M. O. y su pareja José Luis S. S. se declararon inocentes y prefirieron ir a juicio. Otros dos de los acusados están en paradero desconocido.
La procesada defendió su inocencia hasta el final del juicio, pero las pruebas, según mantuvo el fiscal jefe, la incriminaban. Cuatro semanas después el Tribunal de la Sección Primera ha dictado sentencia y condena a los tres encausados.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso La Tribuna, los magistrados juzgan probado que la mujer y su hijo blanqueaban el dinero de la droga y les ha impuesto una condena de dos años y tres meses de cárcel por un delito de tráfico de estupefacientes y cuatro años y nueve meses más por el lavado del dinero de la droga.
Al tercer imputado, pareja de la mujer, sólo se le acusaba del segundo delito, por el que ha sido condenado a tres años y seis meses de prisión.
Contra este sentencia cabe recurso y el letrado Javier Sánchez, que defiende a Carlos Andrés M. O., tiene intención de recurrir el fallo de la Audiencia Provincial al entender que no se hace valoración de la prueba. Considera que se dan por hecho unas serie de cuestiones no acreditadas en el acto de la vista oral. Además, estima que hay una ausencia de individualización de la prueba. Ya en su alegato final, el letrado consideró que a la hora de dictar sentencia se debía partir de una base de individualización de los hechos, esto es, que no se juzgara a su representado por ser hijo de María Leyda M. El abogado cree que a la hora de dictar sentencia han pesado los apellidos de la mujer (antecedentes por tráfico de droga).
Hechos. El Tribunal que ha enjuiciado los hechos considera probado que la madre y el hijo se dedicaban al tráfico, introducían importantes cantidades de cocaína desde Colombia a través del aeropuerto de Baraja (Madrid) con destino a Villanueva de los Infantes, Valdepeñas y Santa Cruz de los Cáñamos. Del mismo modo, juzga que ha quedado probado que utilizaban a terceras personas para los envíos de dinero ('pitufeo') a Colombia para el blanqueo de capitales proveniente del tráfico.
El origen del dinero enviado a Colombia desde dos locutorios de Valdepeñas y por medio de empresas «no puede ser otro que el tráfico de drogas», sostuvo el fiscal jefe, quien en su informe final subrayó que no se había acreditado la plantación de piña en dicho país como alegó María Leyda M. y sí el tráfico de drogas y el blanqueo de capitales de ese ‘business’.
Los magistrados se han basado en las pruebas y testimonios como el agente destinado en Barajas. Declaró que la 'mula' confesó en el aeropuerto madrileño tras ser interceptada que los casi siete kilos de cocaína que traía de Colombia iban para Villanueva de los Infantes. El agente la detuvo el 24 de abril de 2016 tras desembarcar de un vuelo procedente de Cali. Esta mujer de iniciales Y. C. había sido contratada para traer la droga a España y ser transportada a Villanueva de los Infantes, a la vivienda de María Leyda M.O., según declararon los agentes que intervinieron en las actuaciones.
La abogada de la defensa, Pilar Martínez, discrepó abiertamente de la tesis del fiscal y cuestionó la instrucción, todas las actuaciones a partir del testigo protegido por «indefensión» y vulneración de derecho respecto a las escuchas telefónicas. A todas estas cuestiones responde el Tribunal en la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación.