Diez años de cárcel para el parricida de Socuéllamos

La Tribuna
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La Audiencia de Ciudad Real condena a Carmelo I. G. como autor de un delito de homicidio concurriendo atenuantes de enajenación mental y arrepentimiento

Diez años de cárcel para el parricida de Socuéllamos - Foto: Beldad

Carmelo I. G. pasará los próximos diez años en prisión como autor del homicidio de su padre, cometido en Socuéllamos, en mayo del pasado año. La Audiencia Provincial le condena tras el fallo del jurado popular que consideró a Carmelo culpable de un delito de homicidio doloso en el que se tienen en cuenta las circunstancias agravantes de parentesco y abuso de superioridad y las circunstancias atenuantes de enajenación mental y arrepentimiento. Rebaja de esta forma la petición de 12 años que solicitaba la Fiscalía , mientras que la defensa pidió para su cliente que le fuera aplicada la pena "mínima de la mínima" en aplicación de los atenuantes que quedaron demostrados en el juicio y que fueron respaldados por el jurado popular, justificaron.

La sentencia indica como hechos probados que el acusado mayor de edad y sin antecedentes penales regresó al domicilio en el que convivía con sus padres y hermanas, donde se encontró en la cocina con su padre, de 81 años de edad, entablando una discusión, "algo que era habitual pues sus relaciones personales estaban muy deterioradas hasta el punto que el día anterior también habían discutido".

Tras la discusión, el octogenario se dirigió a su dormitorio, sito en la planta baja, siendo seguido por el acusado, quien llevaba en la mano una navaja que había cogido en la cocina. Ya en el dormitorio, hubo un primer forcejeo entre la víctima y el acusado, en el transcurso del cual éste se puso encima de su padre sobre la cama, agarrándole del cuello; cayendo al suelo durante dicho forcejeo la navaja que portaba el acusado. La pelea entre el padre y el hijo continuó en el suelo de la habitación; procediendo entonces el acusado a coger de nuevo la navaja y a asestar con ella a su padre al menos cuatro golpes dirigidos al cuello que le ocasionaron la muerte.

El acusado huyó de la vivienda a través de una ventana cuando se apercibió de la llegada de los agentes de la Guardia Civil; siendo descubierto y detenido sobre las 16.35 horas del mismo 14 de mayo de 2019 en una zona próxima a dicha vivienda, en un edificio en semiconstrución sito en la localidad de Socuéllamos.

La sentencia indica también que Carmelo I.G. padece un retraso mental ligero que, unido al consumo de unas cervezas y sustancias estupefacientes que había tomado esa misma noche, aunque no le impedía conocer la ilicitud de sus actos y actuar conforme a dicha comprensión, si limitaba ligeramente su capacidad de comprender las consecuencias de sus actos, y durante el juicio, arrepentido, pidió perdón a sus hermanos y trató de reparar el perjuicio causado.