«Si nos callamos ante conductas de odio somos cómplices"

Pilar Muñoz
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La fiscal Rocío Bernal asevera a La Tribuna que la educación y la palabra son las armas más poderosas y advierte de que aunque las redes son campo abonado para los delitos de odio y discriminación, los autores acaban cayendo

La fiscal Rocío Bernal camina hacia su despacho en la Fiscalía Provincial de Ciudad Real - Foto: Tomás Fernández de Moya

Su tarea principal es el despacho de asuntos penales del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ciudad Real y es adjunta al servicio de Vigilancia Penitenciaria con competencia sobre las prisiones de  Herrera de La Mancha, Alcázar de San Juan y Albacete. Por si esto fuera poco, hace año y medio asumió por delegación del fiscal jefe, Luis Huete, el servicio especial de delitos de odio y discriminación.  

Ciudad Real no escapa a la realidad de los delitos de odio y como en otras muchas ciudades se designó fiscal especializado en estos hechos delictivos, ¿Cuándo y cómo afronta esta responsabilidad?

Hace aproximadamente año y medio. El servicio especial de delitos de odio y contra la discriminación lo han llevado tradicionalmente los fiscales jefes en Ciudad Real, primero Jesús Caballero y luego Luis Huete, pero hace año y medio delegó en mí por la carga de trabajo que tenía.

 

¿Qué delitos se enmarcan dentro de los denominados de odio?

Son los recogidos en el artículo 510 y siguientes del Código Penal, esto es,  acciones que  fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, discriminación o violencia contra un grupo o persona determinada por su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas, ideológicos, religiosos, situación familiar, por etnia, raza o nación, sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.

 

¿Cuál es el que más se comete en Ciudad Real?

Ideológicos, por etnia... Por este último motivo hay dos causas abiertas, ya se han formulado escrito de acusación y están pendientes de enjuiciamiento en los juzgados de lo Penal de Ciudad Real.  Los dos hechos se han cometido en el partido judicial de Puertollano y son por un delito tipificado en el  512 del Código Penal. Una de las causas es porque presuntamente un empresario ha negado a una persona una prestación,  a la que tiene derecho, por pertenecer a una etnia o raza. Se considera un delito porque hay una denegación de un servicio al que cualquier ciudadano tiene derecho y en este caso supuestamente no se le concede por un motivo discriminatorio.

 

¿Cómo se castigan estas conductas?

La pena prevista es la inhabilitación para el ejercicio de la profesión, de uno a cuatro años.

¿Hay más causas abiertas o en investigación?

Sí, varias. Hay un asunto en fase de instrucción en el Juzgado de Tomelloso por incitación y fomento a la violencia, al odio y discriminación en las redes sociales, en facebook e instagram. Está a punto de concluir. A través de estas redes se han generado comentarios y publicaciones de otros usuarios insultantes, amenazantes, incitadores a la violencia, incluso llegando a atentar contra unas personas por pertenencia a un colectivo objeto de esa persecución. A través de redes sociales es más fácil promover e incitar a este tipo de conductas.  Es un mundo infinito para el infractor, que acaba siendo pillado, detenido y puesto a disposición judicial.

 

¿Y el otro?

Es también por motivos ideológicos.

Se está investigando. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado están acumulando una serie de denuncias porque es una pluralidad de hechos frente a una víctima presuntamente por parte de un grupo de extrema izquierda.  La víctima supuestamente estuvo vinculada  a un grupo de extrema derecha y, según consta en las  denuncias, está sufriendo coacciones, amenazas, daños en un local donde ejerce su actividad empresarial.  Es un asunto que seguramente  se va a judicializar.

¿Es el más grave?

Sí, incluso no sólo en la provincia, también de Castilla-La Mancha.

¿Qué debe hacer una persona que ha sido víctima de un delito de odio? ¿Y si son testigo?  

Acudir a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y si es testigo también. Tienen que exponer los hechos y expresar de forma detallada los motivos, que hay detrás de esas expresión, daños, amenazas, agresión ... El hecho se agrava por la motivación y por ello es importante conocer todo.

 

¿El silencio es cómplice?

Evidentemente. Si estamos observando una situación de estas características, una agresión verbal o física por alguno de los motivos enumerados y callamos somos cómplices.

 

¿Qué penas contempla el Código Penal?

El delito principal de odio y discriminación tipificado en el artículo 510, es decir, fomento e incitación al odio, discriminación y violencia, tiene una pena de uno a cuatro años de prisión y multa de seis a doce meses. También se prevé una pena de inhabilitación para ejercicio de una profesión en el ámbito de la educación, deporte y tiempo libro. Todo ello al margen de otros delitos que se pudieran cometer, que llevarían aparejadas otras penas. Si hay una agresión física, unos daños.

¿Son las penas demasiado bajas?

No. La horquilla es amplia.

¿La educación es el arma más poderosa para acabar con estos delitos?

Efectivamente. Los niños no nacen siendo racistas y discriminando, si no que reproducen conductas. De ahí que la educación sea esencial desde edades tempranas, en casa, primero, y después en el colegio.