El 23% de las ejecuciones de la pena se archivan

Pilar Muñoz
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La Audiencia Provincial ha archivado 72 ejecuciones de sentencia en el último año, 19 eran causas con preso y se han cerrado definitivamente

El 23% de las ejecuciones de la pena se archivan - Foto: Rueda Villaverde

El número de ejecutorias archivadas de forma definitiva o provisional ha caído de forma significa en un año al pasar de 105 en 2019 a 72 en 2020. Lo que apenas ha variado es el número de ejecutorias con penados presos cerradas de forma provisional. En 2019 fueron 19 y 25 las archivadas definitivamente. En 2020   han sido 19 las causas con preso en las que se ha procedido al archivo definitivo y 17 de forma provisional, lo que representa el 23,6 por ciento. La cifra de ejecutorias restantes se ha reducido casi a la mitad de un año a otro, de 61 a 36, según los datos a los que ha tenido acceso La Tribuna.

Fuentes judiciales y jurídicas coinciden en destacar la importancia de la ejecución de sentencias, ya que de nada vale una resolución judicial si no se ejecuta. Los abogados suelen recurrir las sentencias  en instancias superiores y esto hace que se retrase la ejecución, siendo más grave cuando el juzgado está preso. Abundando en ello, las fuentes explican que la ejecución de las penas o medidas de seguridad impuestas en sentencia firme se lleva a cabo a través de las denominadas ‘ejecutorias’, siendo competente para conocer de las mismas el Juzgado o Tribunal que impuso la pena. El procedimiento concreto para ejecutar las condenas depende de la naturaleza de la pena a efectuar. Según el Código Penal español, entre las penas que pueden imponerse destacan las de prisión, pero también son importantes la de multa. La cifra de trabajos en beneficio de la comunidad sobre en delitos contra la seguridad vial también han subido en los últimos años. 

Otras penas importantes, recuerdan los letrados, son la inhabilitación absoluta, la especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, profesión, empleo o comercio, así como  la retirada de la patria potestad, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores y la privación del derecho de tenencia y porte de armas.