La hora de la cita con Hacienda

SPC
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La Campaña de la Renta arranca con una previsión récord de contribuyentes y novedades como la exención de tributar por las prestaciones por maternidad y la mayor deducción por guardería

La hora de la cita con Hacienda - Foto: EUROPA PRESS

La llegada de abril supone también la hora de preparar los papeles para presentar ante Hacienda en la cita anual de los contribuyentes con la Agencia Tributaria. Desde el pasado martes, la Campaña de la Renta 2018 está en marcha -aunque solo por vía telemática, ya que hasta mayo no se podrá hacer de manera presencial- y en esta edición se prevé un nuevo récord, con más de 20,3 millones de declarantes, un 1,8% más que el ejercicio anterior.

Si bien ya más de 1,3 millones de españoles han confirmado su borrador, todavía hay tiempo -durará hasta el próximo 1 de julio- para cumplir con el fisco. Y, para ello, el primer paso que hay que dar es saber si los ingresos registrados obligan o no a realizar este trámite.

La mayoría de las personas físicas y con residencia habitual en España que generan ganacias están obligados, salvo los que no superen los 22.000 euros brutos anuales de un único pagador. En caso de no llegar a esa cifra, pero los ingresos sean de varias empresas, la ley tampoco obliga cuando la suma de lo obtenido del segundo o más pagadores no supere 1.500 euros brutos anuales. Si no se obtienen 1.000 euros brutos, independientemente del número de liquidadores, tampoco hay que acudir al fisco. 

Como ocurre cada año, los declarantes deben prestar atención a las novedades, como las nuevas deducciones que afectan a la cantidad a declarar, y seguir algunos consejos para sacar el máximo partido a este trámite oficial, según señalan los expertos en finanzas.

Para empezar, es recomendable no esperar a los últimos días para presentar los datos de IRPF, puesto que pueden surgir problemas que no puedan resolverse a tiempo. «Cuanto antes empiece el contribuyente a mirárselo, mucho mejor», avisa la profesora de Economía Elisabet Ruiz. En esta línea, «hay que examinar que los datos del borrador que proporciona el programa sean correctos, ya que el declarante es el último responsable de acreditar la información proporcionada». La experta alerta de la importancia de comprobar el valor de los bienes inmuebles porque a menudo están erróneos ya que son valores que salen del catastro y no del registro.

Cada ejercicio hay cambios, así que se deben revisar todo lo que antes sí gravaba y ahora no, como son, por ejemplo, las prestaciones por maternidad, que desde la nueva reforma no consignan en 2018.

«Las mejoras de las ayudas son favorables para algunos contribuyentes, pero no comportan cambios signicativos, salvo la exención de las prestaciones de maternidad y paternidad, que ha sido impuesta por los tribunales», recuerda el profesor de Derecho Tributario Benja Anglés. En concreto, se ha incrementado la deducción por maternidad hasta 1.200 euros, cuando el declarante que tenga este derecho disponga de gastos de custodia en guardería o centros infantiles para un hijo menor de tres años.

Además, las madres trabajadoras podrán deducirse hasta 1.000 euros por gastos de guardería si tienen hijos menores de tres años a su cargo.

 

Individual o conjunta. Las familias deben comprobar si les sale más a cuenta la declaración conjunta o la individual. Las numerosas pueden pedir este año una minoración de la cuota de 1.200 euros en la categoría general, y de 2.400 euros en categoría especial.

En otro punto, también se incrementa la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, aplicable a aquellos iguales o inferiores a 13.115 euros. También aumentará la reducción aplicable a los activos de trabajo de hasta 16.825 euros brutos. «Si en 2018 se tuvieron ingresos extras no habituales como herencias o un despido, y no se tiene claro cómo incluirlos, es recomendable contactar con un gestor», recomienda Ruiz.

Por último, las personas que el año pasado se aventuraron a crear una nueva empresa en España, pueden aprovechar que la deducción por ese concepto se incrementa del 20% al 30%, con un máximo establecido en los 60.000 euros, 10.000 más que el año anterior.