Cinco años de cárcel por abusar de su cuñada menor

Pilar Muñoz
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La Audiencia de Ciudad Real considera probado que un hombre de 24 años abusó de la hermana menor de su mujer en Tomelloso. Los magistrados juzgan que el procesado sí sabía que era delito mantener relaciones con una menor aunque ella consintiera

Cinco años de cárcel por abusar de su cuñada menor - Foto: Tomás Fernández de Moya

La Audiencia Provincial de Ciudad Real condena a un hombre a cinco años y seis meses de prisión por un delito continuado de abusos sexuales con penetración vaginal en la persona de una menor de 14 años, hermana de su mujer. 

El ahora condenado, que responde a las iniciales D. M. M., de 24 años, fue juzgado el pasado mes de julio por unos hechos ocurridos en Tomelloso que se remontan al otoño de 2018 cuando aprovechando que su mujer no estaba en la vivienda o se había dormido enviaba mensajes a la hermana menor de ésta a través del teléfono móvil para mantener relaciones sexuales consentidas. 

Los magistrados que han enjuiciado los hechos consideran probado que el acusado "era plenamente consciente de la edad de su cuñada", 14 años, y de la ilicitud de los actos que estaba cometiendo, pese a que la menor accediera a ello y mantuviera relaciones sexuales sin que mediara violencia o intimidación alguna. 

Cinco años de cárcel por abusar de su cuñada menorCinco años de cárcel por abusar de su cuñada menor - Foto: Tomás Fernández de MoyaEl encausado y su abogado sostuvieron en el juicio que no sabía que fuera delito. El letrado Jorge Novella que ejerció la defensa mantuvo que el procesado no era consciente de que estaba cometiendo un delito y aludió a la escasa diferencia de edad, seis años, y en el grado de madurez entre el denunciado y la víctima y también porque no tiene estudios (solo primarios) y por su cultura (son de etnia gitana).

La fiscal del caso respondió rotunda que «jamás se pueden declarar consentidas unas relaciones sexuales con una menor de 14 años». 

De hecho, en el juicio no se discutió el consentimiento, que fue prestado por la chica, pero sí la existencia o no de un error de carácter invencible sobre la prohibición a mantener relaciones con una menor de 14 años, es decir, si sabía o no que era delito. La Audiencia considera que sí era consciente y le ha impuesto cinco años y seis meses de cárcel, además de medidas de alejamiento. 

En la sentencia, bien fundamentada, se explica de forma clara que no cabe invocar el error cuando el delito se realiza mediante la ejecución de una conducta cuya ilicitud es de común conocimiento. La menor afirmó que sabía que era delito mantener relaciones sexuales siendo ella menor y él mayor, que conocían que no estaba bien, que así se lo dijo al acusado, quién le decía que era normal. "Sus costumbres y hábitos pueden ser distintos, pero ello no conlleva ignorancia ni avala el incumplimiento", sentencias los magistrados.