El jurado debate la culpabilidad del parricida de Daimiel

Pilar Muñoz
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El magistrado de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha entregado el objeto de veredicto a los miembros del jurado que enjuician al hombre que acabó con la vida de su mujer y de la hija de ésta

El jurado debate la culpabilidad del parricida de Daimiel - Foto: Fotos Rueda Villaverde

Los siete hombres y dos mujeres que conforman el jurado popular que ha enjuiciado en la Audiencia Provincial de Ciudad Real el doble crimen de Daimiel deliberan desde el mediodía de ayer si Manuel José Yébenes mató con alevosía a su mujer y a la hija de ésta o, por el contrario, es autor de dos delitos de homicidio. El jurado quedó aislado, sin teléfono móvil ni otro medio de comunicación con el exterior. El letrado de la Administración de Justicia (antes secretarios judiciales) es su único vínculo con el exterior durante la deliberación del veredicto.

La vista oral para enjuiciar los hechos ocurridos sobre las nueve de la mañana del 13 de febrero de 2017 comenzó el lunes 11 con la formación del jurado popular (nueve titulares y dos suplentes) y las intervenciones del fiscal, de los dos letrados de la acusación particular y la defensa sobre sus conclusiones provisionales de los hechos.

El viernes el proceso judicial entró en la recta final tras las pruebas testificales, periciales y los informes de las conclusiones definitivas y ayer lunes se reanudó la sesión con la entrega del objeto del veredicto, es decir el cuestionario sobre el que el jurado tiene que pronunciarse respecto a la culpabilidad o inculpabilidad del procesado.

El jurado debate la culpabilidad del parricida de DaimielEl jurado debate la culpabilidad del parricida de Daimiel - Foto: Rueda VillaverdeEn el juicio no se ha discutido la autoría, esto es que Manuel José Yébenes, vecino de Daimiel de 60 años, mató a su mujer Ana Belén, de 46 años y natural de la localidad albaceteña de Bienservida, y a su hija Ana María, de 18. Tampoco ha habido controversia en cuanto a las heridas. A la mujer le asestó 9 puñaladas y 15 a la hija.

Lo que el jurado tienen que debatir es la calificación: si los hechos son constitutivos de dos asesinatos o dos homicidios e incluso también existe la posibilidad de que uno de los hechos sea un asesinato y el otro un homicidio. Además, el jurado tiene que analizar si hubo circunstancias que eximan al acusado de la responsabilidad penal o que las atenúa o, por contra, las agrava.

Cuestiones que recoge el objeto del veredicto redactado por el magistrado presidente del Tribunal del Jurado, Luis Casero. Poco después de las once de la mañana de ayer, el juez dio traslado del objeto del veredicto al jurado. Hora y media después, los siete hombres y dos mujeres que conforman el jurado, junto a dos suplentes, se retiraron a deliberar sobre la culpabilidad o no culpabilidad del procesado.

El veterano magistrado ha redactado un objeto de veredicto con relatos amplios que explicó a los miembros del jurado punto por punto a fin de despejar posibles dudas tras indicarles algunos conceptos y términos jurídicos.

En algo más de una hora, Casero impartió una clase magistral sobre Derecho Penal que comenzó indicando al jurado que si no tiene la convicción absoluta se debe dictaminar a favor del reo, «lo dice la ley», advirtió el magistrado tras señalar que deben partir de que el acusado es inocente y son las acusaciones quienes han de probar la culpabilidad. Es el principio básico. Así las cosas, el magistrado consciente del desconocimiento general de las leyes, del Tribunal del Jurado y la importancia del veredicto, aclaró términos y conceptos. Manuel Yébenes y Ana Belén Ledesma estaban casados y con ellos vivía una hija de la mujer y también su nieto. El parentesco es una circunstancia que agrava la pena. Las acusaciones han pedido una condena de 50 años para el acusado, 25 por cada uno de los dos asesinatos que consideran que han quedado acreditados.

En este sentido, el magistrado Luis Casero recordó al jurado que la defensa ha solicitado la absolución al entender que su cliente obró llevado de un arrebato, obcecado porque su mujer, según la defensa, le dejó en la ruina, dilapidó su patrimonio.

La letrada defiende que en todo caso su cliente habría cometido dos delitos de homicidio, no asesinatos y la pena sería inferior, de 10 a 15 años.

En este sentido, el magistrado explicó que el asesinato es cuando el autor comete el crimen sin que la víctima tenga posibilidad de defensa, es decir asegurarse el resultado de muerte.

Otra cuestión a debatir es el ensañamiento, que desde el punto de vista jurídico significa aumentar de forma deliberada el sufrimiento a la víctima. El número de puñaladas no es determinante, puesto que la víctima puede morir tras recibir la primera o tercera, aunque su cadáver presente otras muchas.