Primeras sentencias contra los contratos temporal del Sescam

Redacción
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El Juzgado Contencioso-Administrativo de Cuenca ha emitido esta semana varias sentencias reconociendo el fraude de ley realizado. En algunos casos los trabajadores tienen más de 10 años de antigüedad

Primeras sentencias contra los contratos temporal del Sescam - Foto: Reyes MartÁ­nez

El Juzgado Contencioso-Administrativo de Cuenca ha emitido esta semana las primeras sentencias en relación a las denuncias hechas por  «cientos» de trabajadores interinos del Sescam,  en las que hacían constar el «abuso de temporalidad y precariedad» en sus contratos «a la que están siendo sometidos desde hace décadas», según denuncia el sindicato Solidaridad Obrera.

En estas sentencias, el juzgado ha resulto a favor de los trabajadores temporales, reconociendo el fraude de ley en la temporalidad del personal estatutario interino, en estos casos con más de 10 años de antigüedad y un único nombramiento, según confirma el ya citado sindicato.

Según el gabinete que defiende el caso, Cabrera Abogados, la sentencia «no concede fijeza, pero sí prohibe que el interino pueda ser cesado sino es por la adjudicación de su plaza a un funcionario titular mediante oposición, con lo que se excluye el cese por concurso o promoción interna». También se reconoce el derecho a la carrera profesional y, muy importante, indemnización en el «momento del cese», eufemismo que se utiliza en el sector público para decir «despido». Actualmente la legislación española no contempla indemnización ni sanción que disuada del despido de los trabajadores públicos interinos y eventuales, por lo que, a pesar de décadas de relación contractual o del puesto que ocupen, su despido es libre y gratuito, denuncia Solidaridad Obrera.

Desde Solidaridad Obrera se informa de que en la misma situación hay más de 7.000 profesionales de la sanidad pública en Castilla-La Mancha, «aproximadamente un 28% del personal del Servicio de Salud. Este reconocimiento no solo abre la puerta a indemnizaciones, también a la readmisión por despido, como sentenció el Tribunal Supremo en octubre de 2018, con todo el coste que esto supondría, esperemos que disuasorio».

Y es que, reconocido el fraude de ley, «se abre la puerta a sanciones e indemnizaciones de una avalancha de trabajadores denunciantes, con la consecuente merma presupuestaria. No repitamos errores como los cientos de trabajadores públicos que despidió la expresidenta Cospedal, que ganaron su readmisión y abono de salarios no percibidos».