El Sescam,responsable de la muerte de un enfermero por COVID

Pilar Muñoz
-

En la resolución de la Seguridad Social se indica que José Agapito Montero murió el 26 de abril de 2020 a causa de una «infección aguda» por contacto con pacientes con COVID-19 cuando realizaba trabajos por cuenta del Sescam

El Sescam,responsable de la muerte de un enfermero por COVID

El Sescam es «responsable de una falta de medidas de seguridad en el trabajo» y se ha incrementado las indemnizaciones a la familia del enfermero José Agapito Montero Mozos, que murió en Puertollano, en plena pandemia tras contraer la enfermedad contagiosa COVID-19. 

En la resolución de la Seguridad Social, a la que ha tenido acceso La Tribuna, se indica en el capítulo de hechos que José Agapito Montero, de 63 años, murió el 26 de abril de 2020 a causa de una «infección aguda» por contacto con COVID-19 cuando realizaba trabajos por cuenta del Sescam. En septiembre del mismo año se solicitó a la inspección de Trabajo que se informara de las actuaciones. Las prestaciones económicas de Seguridad Social concedidas a consecuencia del fallecimiento por accidente laboral fueron de 2.116 euros todos los meses del año en concepto de pensión de viudedad, así como 46,50 euros por auxilio de defunción y 22.474, 55 euros de indemnización a tanto alzado. Indemnizaciones que se han incrementado, dando la razón al abogado Felipe Holgado, que defiende a la familia del enfermero fallecido a causa del coronavirus.

José Agapito Montero llevaba trabajando desde junio de 2003 para la Gerencia de Atención Primaria de Puertollano como enfermero. El 22 de marzo del año pasado causó baja al contraer la enfermedad «por contacto con una persona con COVID, cuando le asistía como enfermero, muriendo el 26 de abril».

 Según la resolución, los «incumplimientos tienen incidencia directa en la cadena de causas que llevan al fallecimiento de José Agapito Montero», ya que «debería haberse evaluado inicial y adecuadamente el riesgo de exposición a SARS-CoV-2 a través de pacientes con la COVID-19, planificando las medidas de protección colectivas necesarias para eliminar su exposición al virus, adoptar las medidas formativas suficientes, adecuadas y necesarias para que el trabajador conociera el riesgo que podía conllevar atender a los pacientes y dotarles de los medios de protección individual adecuados en calidad y cantidad para protegerse, así como de su uso, y en su caso, retirada y eliminación protocolaria sin reciclaje indebido». Por ello, se propone un recargo del 50%, conforme al número de infracciones y gravedad de las mismas que influyeron en el fallecimiento del enfermero.