El TSJ ratifica la condena contra un psicólogo por abusos

Pilar Muñoz
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El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso interpuesto por un conocido psicólogo y confirma punto por punto la sentencia de la Audiencia de Ciudad Real que le condenó a más de 21 años, seis meses y un día de cárcel por abusar de menores

El TSJ ratifica la condena contra un psicólogo por abusos - Foto: Tomás Fernández de Moya

El Alto Tribunal de Castilla-La Mancha ha desestimado los recursos interpuestos por el abogado del psicólogo Pedro Julio Merino, de 64 años, contra las dos sentencias dictadas por la Audiencia de Ciudad Real en junio de 2019, la primera, y una semana después la segunda.  

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) confirma en todos los términos la sentencia que le condena a 17 años y seis meses de cárcel por abusar sexualmente de dos menores que acudieron a su consulta.

 Del mismo modo, ratifica la segunda resolución de la Audiencia de Ciudad Real que le sentenció siete días después a cuatro años y un día de prisión por abusar sexualmente de otra menor, también en su consulta.

El condenado Pedro Julio Merino, un conocido psicólogo de Ciudad Real que impartía conferencias y se prodigaba en los medios de comunicación para hablar de acoso escolar y ciberbullying, puede recurrir la sentencia del TSJ en casación, esto es, ante el Tribunal Supremo.

 Pero de momento han sido desestimados sus recursos de apelación al entender los magistrados que las cuestiones alegadas «no pueden acogerse» ya que «no integran ninguno de los errores de hecho de los que pueden dar lugar a la revocación de una sentencia condenatoria por errónea valoración de la prueba». El TSJ de Castilla-La Mancha juzga que hay prueba de cargo suficiente y que concurre en los hechos «superioridad y ascendencia del psicólogo», que lleva a cabo el tratamiento de las menores en su consulta. «Sirviéndose» de esa situación y de la confianza que le  proporcionaba el encargo de los padres de las menores, las sometió a un tratamiento hipnótico que «le brindó» mayores facilidades para cometer el hecho delictivo, «un acto de inequívoco significado atentatorio contra la indemnidad sexual de las menores».

Demoledor. Los testimonios de las dos menores que testificaron en el primer juicio fue «demoledor», según el Tribunal de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, que también condenó al conocido psicólogo en costas tras inhabilitarle para ejercer la profesión.

Las dos niñas explicaron ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia de Ciudad Real su experiencia con el acusado, un conocido psicólogo, y en síntesis y en trazo grueso, declararon que una vez tumbadas en la camilla de la consulta eran sometidas a sesiones de hipnosis para a continuación someterlas a abusos sexuales. Los magistrados condenaron a Pedro Julio Merino a 17 años y seis meses de cárcel (12 por un delito continuado de abuso sexual con introducción de un miembro corporal y abuso de superioridad y 5 años y seis meses por otro delito continuado de abuso sexual). Además, le impuso medidas de alejamiento y comunicación respecto a las menores. Se le condenó en costas, incluidas las de la acusación particular, y se le inhabilitó para ejercer la profesión de psicólogo durante seis años (una vez que salga de prisión), así como cualquier profesión u oficio, retribuido o no, que conlleve contacto con menores.

Por el daño moral causado a las menores de 11 y 12 años se le impuso una responsabilidad civil de 50.000 euros, cantidad que deberá abonar a cada una de las menores.

Para los magistrados, es una «condena proporcionada» a unos hechos muy graves. La declaración de las menores «se erige con fuerza incriminatoria suficiente» para sostener el relato de los hechos denunciados en 2016.

Del mismo modo, consideran que en 2018 abusó de otra menor con prevalimiento de superioridad por el ejercicio de la actividad profesional de psicólogo clínico.

En uno de los casos, tras entrevistarse el psicólogo con los padres de una niña, inició una sesión clínica con ella en el estudio privado que tiene en su vivienda. Cuando la adolescente estaba tumbada en la camilla, el psicólogo, aprovechando la «fuerte» relajación a la que la indujo, la besó en la boca y efectuó tocamientos en distintas zonas de cuerpo de la menor. Antes de que la menor regresara con sus padres al término de la sesión, el psicólogo le dijo que no debía contar lo sucedido a nadie al tratarse de técnicas normales en psicología. Por estos hechos, fue condenado a otros cuatro años y un día de cárcel.