La regulación de los patinetes eléctricos se retrasa

C. de la Cruz
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Las instrucciones que ha publicado la Dirección General de Tráfico sobre los vehículos de movilidad personal obliga a readaptar la propuesta de la Ordenanza municipal de Ciudad Real

La regulación de los patinetes eléctricos se retrasa - Foto: Rueda Villaverde

La Dirección General de Tráfico (DGT) daba a conocer el pasado miércoles la nueva instrucción sobre vehículos de movilidad personal (VMP), una regulación que establece criterios sobre la circulación de patinetes y bicicletas dotados de motor eléctrico en el entorno urbano.

A falta de su regulación formal, las instrucciones de la DGT parten como modelo decisivo para las ordenanzas municipales, que deben adaptar los criterios aportados a la realidad de que cada localidad. Así, en el caso concreto de Ciudad Real, para el concejal de Movilidad, David Serrano, las consignas de la DGT se han presentado con retraso, y es que «como veíamos que no llegaban ya teníamos elaboradas nuestras propuestas», pero en todo caso «es lo que necesitábamos, un marco normativo al que atenernos y, a partir de ahí, avanzar». El siguiente paso será la reelaboración de la ordenanza municipal sobre VMP, la cual pasará por el Consejo Local de Movilidad en la segunda quincena de enero y conllevará asimismo informes técnicos, exposición pública y continuar con una tramitación que se aprobará en Pleno municipal. De esta forma, su instauración definitiva se producirá «en los primeros meses del año».

normativa. Para la DGT, un vehículo de movilidad personal tiene una o más ruedas, está dotado de una única plaza y está propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 kilómetros por hora.

No necesitan  carné para circular ni para conducir, ni seguro obligatorio. Pero ello no quita que los usuarios de VMP no tengan la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas:la sanción es exactamente la misma que si conducen otro vehículo, que en el caso de las tasas de alcohol varía entre los 500 y los 1.000 euros y si hay presencia de drogas  en el organismo se  sitúa en 1.000 euros. Si el conductor da positivo a alcohol o droga, el  VMP se inmoviliza, tal y como ocurre con el resto de vehículos.

La DGT advierte que los VMP tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona, siendo sancionable con 200 euros si no se cumple, aunque se deja la puerta abierta a modificaciones «con las matizaciones que puedan establecer las ordenanzas municipales». Contrasta esta instrucción con el caso de Ciudad Real, en la que Ordenanza reguladora de la movilidad  ciclista permite la circulación de ciclos en calles peatonales y aceras a no más de 10 kilómetros por hora y respetando un metro de separación con la fachada y con los peatones.

Sobre este punto, a revisión en las VMP, David Serrano señala que «tenemos calles peatonales y semipeatolanes, lo que planteamos es que en calles con bandas de rodadora sí pueden circular. Es lo que tenemos que moldear a la realidad de Ciudad Real».

Más puntos. Al igual que el resto de vehículos, los conductores de VMP tienen prohibido circular haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación, así como cascos o auriculares. Incumplir estas normas supondrá una sanción de 200 euros.

La DGT también señala que el uso de casco como medida de protección depende de las respectivas ordenanzas municipal; si se obliga a su uso, la sanción por no llevarlo es de 200 euros y se inmoviliza al vehículo.

Las instrucciones también regulan que este tipo de vehículos sólo pueden transportar a una sola persona y que en caso de no cumplirse se puede sancionar con 100 euros.

La conducción negligente también se contempla en la regulación de la DGT, en la que se refiere a la circulación de noche sin alumbrado ni prendas reflectantes, lo que supone también una multa de 200 euros para el usuario del vehículo.