Condenado a 12 años y medio por abusar de una menor

La Tribuna
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La Audiencia Provincial de CIudad Real ha condenado a AFP a 12 años y medio de cárcel por un delito de abusos sexuales a una menor ocurridos entre los meses de enero y frebrero de 2020 en Bolaños de Calatrava

Imagen del encausado, a las puertas de la Audiencia Provincial - Foto: RUEDA VILLAVERDE

La Audiencia Provincial de CIudad Real ha condenado a AFP a 12 años y medio de cárcel por un delito de abusos sexuales a una menor ocurridos entre los meses de enero y frebrero de 2020 en Bolaños de Calatrava. La sentencia considera que el condenado, un septuagenario que ejercía las funciones de utillero de un club de fútbol, valiéndose de la confianza que tenía con la menor de 13 años consiguió que le acompañara a recoger un balón que se había caído cerca de la piscina para después dirigirse a la zona de los vestuarios donde abusó y agredió sexualmente a la niña pese a insistirle que parara, que la dejara.

La menor atemorizada no contó lo ocurrido hasta unos meses después. Temía que le pegara o le hiciera algo peor, pero acabó diciéndoselo a su madre al ver que no le bajaba el periodo.

La Audiencia ahora considera que sí existieron esos abusos al considerar sólida la declaración de la niña, que mantuvo el relato de lo ocurrido en todo momento ante sus amigas, su madre y la propia Guardia Civil, que llega a realizar una conclusión de veracidad de lo ocurrido. ·Es muy dificil que narre u explique hechos tan específicos no vividos en primera persona, dados sus conocimentos básicos del sexo", explica la sentencia que apunta también que la menor tiene sentimientos de vergüenza al narrar los hechos y que sufrió una situación traumática, siendo compatible su narración con una experiencia real vivida.

El tribunal considera que el impacto intimidante de las expresiones utilizadas inicialmente por el procesado provocó la paralización de la menor, más de 50 años más jóven que su agresor, y que utilizó una intimidación ambiental, escogida por el procesado "para buscar tanto la falta de reacción de la menor como la soledad, iniciando la acción cuando caminan solos y luego en los vestuarios vacíos y aún más en el angosto escenario de la cabina del baño, de difícil o imposible huida".

También se apunta que se utilizó una violencia o intidimación ecomocila, de tal forma que se forzó a la menor, de no forma física, a practicar los actos. "Que el acometimiento frente a la víctima no fuere especialmente grave no significa que no produjese temor en la misma", y que tardó varios meses en contar lo ocurrido.