Absuelto de tráfico de cocaína por falta de pruebas

Pilar Muñoz
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La Audiencia Provincial de Ciudad Real dicta por unanimidad una sentencia absolutoria al considerar que no ha quedado acreditado que los 14,47 gramos de cocaína que escondía en su coche era para traficar

Absuelto de tráfico de cocaína por falta de pruebas - Foto: RUEDA VILLAVERDE

Un hombre de 34 años que responde a las M.A.G.R. ha sido absuelto del delito de tráfico de drogas con la circunstancia agravante de reincidencia por el que venía siendo acusado.

El fiscal consideró probado en el juicio celebrado a últimos del pasado mes de octubre el delito y pidió una condena de dos años y seis meses, además de una multa de 1.721 euros. 

El Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real considera que no han quedado probados los hechos denunciados el 15 de mayo de 2017 tras ser inteceptado por la Guardia Civil en un control de tráfico establecido en la A-4. Los agentes le detuvieron al hallar en el vehículo que conducía dos bolsitas que contenían 14,47 gramos de cocaína. El encausado es consumidor habitual de drogas y no se ha acreditado que el destino de la cocaína fuera la venta a terceros. El propio acusado no negó que portara la droga y el Tribunal considera que no es argumento acusatorio que los 14,47 gramos de cocaína estuvieran en su poder. La Audiencia no puede asumir la tesis del Ministerio Fiscal por falta de prueba incriminatoria. 

La aprehensión se efectuó en un control de carreteras, fruto, por tanto, del azar, sin que existiera algún tipo de investigación que pudiera relacionar al encausado con actividades de tráfico ilícitas. El Tribunal ni siquiera puede tomar el supuesto doble fondo en el que se halló la droga porque los agentes que declararon en el juicio no supieron explicar en qué consistía ese doble fondo.

El acusado dijo que iba a pasar unos días de vacaciones con la que entonces era su pareja y que la droga era para autoconsumo. 

Cuando fue detenido viajaba con una persona a la que exoneró de toda responsabilidad hasta el punto que no ha tenido intervención alguna en la causa, de quien en la declaración judicial dijo que era un amigo y que se dirigían a Marbella. 

El Tribunal por unanimidad ha absuelto al procesado.