UGT pide aplicar el SMI al convenio del campo, pluses aparte

Pilar Muñoz
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Los abogados de UGT y CCOO sientan en el banquillo a Asaja y rechazan la pretensión de esta organización agraria de incluir los complementos como parte del salario a percibir por los trabajadores

UGT pide aplicar el SMI al convenio del campo, pluses aparte - Foto: Rueda Villaverde

La magistrada del Juzgado Social 3 de Ciudad Real, Isabel Serrano, resolverá en unos días el pleito de UGT y CCOO contra Asaja por el convenio del campo. Los abogados de los servicios jurídicos de estos sindicatos Eva González y José Muñoz mantuvieron en el juicio celebrado ayer la base de su demanda, esto es, que se refleje en las tablas salariales de todas las categorías del convenio del campo el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 900 euros para 2019 y en 950 a partir de este 2020.

La letrada Eva González defendió en la vista oral los fundamentos de la demanda contra Asaja para que se haga constar en las tablas salariales el Salario Mínimo Interprofesional dependiendo de la categoría profesional de cada trabajador. Para los trabajadores fijos, pide que se aplique la subida recogida en el Real Decreto de  2020: 31,66 euros al día, además de las pagas extraordinarias y de beneficio para llegar a los 13.300 euros anuales, que es el salario mínimo establecido para 2020. En el caso de los temporeros y personal eventual varia en función de si trabaja seis o cinco días. En el primero de los supuestos sería 49,44 euros al día y 59,31 si trabajan cinco. El valor de la hora sería 7,41 a efectos de 2019 y en este caso las pagas extras y vacaciones irían incluidas. La suma de todas las cantidades es 13.300 euros anuales, es decir, el salario mínimo que marca el Real Decreto de 4 de febrero de 2020.

El abogado de Asaja se opone, dice que no se puede incluir  los conceptos en las tablas conforme lo pide UGT y considera que los sindicatos pretenden hacer una equivalencia entre el SMI y el salario base que regula el convenio.

«Cree que se intenta incluir  el salario base para los pluses», señaló a este diario la letrada Eva González, quien lo desmiente. «Los pluses son por peligrosidad dependiendo de las funciones. Si un trabajador está vendimiando tiene un riesgo menor que otro que esté trabajando con una motosierra», expuso. El convenio de Toledo que está en la misma situación que Ciudad Real se ha ido adecuando cada año a las tablas salariales conforme al salario, añadió la abogada, que también se refirió a un laudo de Extremadura en el que Asaja de Cáceres reconoce la distinción de los diversos tipos.