Cree probada la agresión sexual y pide agravante de género

Pilar Muñoz
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La fiscal considera acreditados los hechos ocurridos en una vivienda de Argamasilla de Alba y pide 10 años de cárcel para el acusado, que ha culpado a la víctima en su "ánimo exculpatorio". Su abogada dice que la mujer ha actuado por venganza

Imagen de la mujer, en el estrado, respondiendo a la fiscal; detrás de ella el acusado junto a la intérprete

Tenían una relación de amistad y algunas veces mantuvieron relaciones sexuales, pero el 7 de mayo de 2018 "le dijo no" y, pese a la negativa, él "la agredió sexualmente". Así lo considera probado la fiscal del caso Escarlata Gutiérrez que ha pedido al Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real una sentencia condenatoria, diez años de cárcel para el acusado y que se aplique la circunstancia agravante de género.

Para la fiscal, en el juicio celebrado esta mañana ha quedado probado que el encausado, un hombre de origen rumano e iniciales M. P. B., es autor de un delito de agresión sexual tipificado en los artículos 178 y 179 del Código Penal. "Concurre violencia e intimidación", ha apuntado el Ministerio Público tras sostener que "ella se quería ir y él no la dejó salir de su vivienda" ubicada en Argamasilla de Alba.

La fiscal Escarlata Gutiérrez ha pedido que se aplique la circunstancia agravante de género, que está dentro del artículo 22.4 del Código Penal, al considerar que en el plenario ha quedado acreditado que el procesado ha cometido los hechos contra una mujer "por el mero hecho de serlo, con expresiones proferidas contra ella para mostrar su superioridad".

En primer término el procesado, muy atento al interrogatorio de la mujer que le ha sentado en el banquillo de los acusadosEn primer término el procesado, muy atento al interrogatorio de la mujer que le ha sentado en el banquillo de los acusadosLa víctima, una mujer de 60 años cuando ocurrieron los hechos, ha declarado retraída que el acusado y ella se conocieron hace cuatro o cinco años a través de su marido. Entablaron una amistad y pasado un tiempo mantuvieron relaciones sexuales consentidas. También ha dicho que él le prestó dinero en alguna ocasión, que luego le devolvió. "No llegaba a fin de mes y le pedía que me prestara dinero, una vez 50 euros, otra 20". La mujer negó a preguntas de las partes que fuera en pago por mantener relaciones sexuales. 

"Él me llamaba un montón de veces para que fuera a su casa" y la tarde del 7 de octubre de 2018 "fui porque estaba muy mal de dinero. Le pedí que me dejara algo y por eso acudí a su casa". Pero, nada más llegar "empezó mal la cosa". Le comentó que no tenía dinero y cuando ella trató de marcharse "me cogió y me dijo que quería hacer algo. Yo le dije que no". "¿A qué se refiere con hacer algo, a tener relaciones sexuales?", le preguntó la fiscal. "Si, a eso", respondió la mujer con pudor.

Según su testimonio, le dijo al acusado: "No voy a hacer nada; he venido para ver si me podías prestar algo de dinero, no para hacer nada. Pero se empezó a poner tonto, forcejeamos y se puso muy machista. Yo le dije que en España la palabra de la mujer vale y si dice no, pues es no. Intenté irme, me cogió, me sujetó, me llevó a la habitación y me dijo que no me pusiera nerviosa, que me mataba". Ahí fue, según la versión de la mujer, cuando cedió y "le hice una felación".

Una vez fuera de la casa, "fui a la Policía Local de Argamasilla de Alba y le denuncie", ha atestiguado la mujer que, tras preguntarle la fiscal si reclama, ha dicho que no quiere indemnización.

La abogada del acusado sostiene que las relaciones sexuales fueron consentidas y asegura que la mujer ha obrado por una venganza, porque no le dio dinero. "No hay más misterio, sólo el despecho y la venganza de una mujer", ha señalado la letrada.

La fiscal ha respondido con contudencia y argumentos al alegato de la defensa. En su informe final, la fiscal Gutiérrez ha partido de la prueba practicada en el plenario para continuar con un análisis del agravante de género y la exposición de una serie de principios que fundamentan su conclusión final. En la vista oral "se ha destruido el principio de presunción de inocencia" y ha quedado probado que el acusado le dijo que acudiese a su casa bajo el pretexto de dejarle dinero. "Cuando la víctima se da cuenta de que no le va a dejar dinero trata de marcharse, pero él se lo impide con violencia, intimidación y bajo amenaza". 

Para la fiscal, la declaración de la mujer reúne los requisitos jurisprudenciales de credibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia en la incriminación. Además, "no hay motivo espurio ni tenía problemas con el encausado", ha destacado la fiscal.

Del mismo modo, ha resaltado que la víctima no ha incurrido en contradicciones en los elementos esenciales. Sin embargo, a juicio del Ministerio Público, el procesado sí se ha caído en diversas contradicciones. En un principio dijo que eran pareja, luego que eran amigos. En el juicio también ha introducido elementos nuevos como una llamada pérdida de la mujer y ha dado a entender que pretendía extorsionarlo con "un ánimo claro exculpatorio", ha subrayado la fiscal Escarlata Gutiérrez tras concluir que ha quedado probado que el procesado la agredió sexualmente con intimidación y bajo amenaza.

 "Me dijo, tú no te vas de aquí, en mi casa tienes que hacer lo que yo diga. No me pongas nervioso que te mato. Tuve miedo a que me golpeara, que me diera un porrazo", ha reiterado la víctima, una mujer menuda y apocada.

El juicio ha quedado visto para sentencia.