"Ahora se castiga más abandonar a una víctima en carretera"

Pilar Muñoz
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Un total de 25 ciclistas resultaron heridos el año pasado en las carreteras de la provincia, afortunadamente no hubo que lamentar víctimas mortales

"Ahora se castiga más abandonar a una víctima en carretera" - Foto: Rueda Villaverde

El año pasado 25 ciclistas resultaron heridos en otros tantos accidentes de tráfico registrados en las carreteras de la provincia de Ciudad Real, Afortunadamente en todos los casos se trató de lesiones leves y no hubo que lamentar ninguna víctima mortal.

Esta presencia de ciclistas en las carreteras suele incrementarse con la llegada del buen tiempo, una práctica que este año se anticipa un poco coincidiendo con la primavera adelantada que se disfruta desde hace unas semanas y que en esta recién estrenada temporada trae una importante novedad, la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2019, norma que modifica el Código Penal de 1995 en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente.

La nueva redacción es fruto de la campaña de recogida de firmas que inició la viuda de un ciclista atropellado por un vehículo que se dio a la fuga y, según el fiscal delegado de Seguridad Vial de Ciudad Real, Jesús Gassent, la reforma incide en un aumento de la penalidad en los supuestos de homicidio y de lesiones por imprudencia grave. Además, «se crea de un tipo especial por abandono del lugar del accidente aplicable en supuestos de fallecimiento de una o varias personas o se ocasionen lesiones graves, casos en los que hasta ahora había dificultades para la aplicación del delito de omisión del deber de socorro» contemplado en el artículo 195 del Código Penal que exige que la víctima se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, especialmente en el caso de fallecimiento de forma instantánea.

La jefa provincial de Tráfico, Raquel García Fabra, pone el acento en el preámbulo de la ley que dice que «se sanciona la maldad intrínseca» de quien abandona a una persona que puede estar lesionada, apunto de fallecer o haber fallecido. «Es una cuestión que se venía solicitando desde hace tiempo y al final ha habido una sensibilidad y se ha introducido en esta Ley  Orgánica que modifica el Código Penal», señala García Fabra.

Entiende que algo que debería hacerse por una cuestión moral, ahora merece un reproche penal si no se hace. «Aquella persona que deje a otra tras un accidente ya sabe que va a tener una consecuencia seria».

 El fiscal delegado de Seguridad Vial explica a este diario que en el primero de estos postulados, se permite la imposición de la pena superior en grado en hechos muy graves que además hubieran provocado la muerte de dos o más personas o la muerte de una y lesiones graves (pérdida o inutilidad de un órgano o miembro, o de un sentido, impotencia, esterilidad, deformidad o grave enfermedad somática o psíquica) a otra.

En el caso de las lesiones por imprudencia grave, también incrementa la penalidad cuando el hecho sea muy grave y además hubiera provocado lesiones graves de las ya citadas a una pluralidad de personas y en dos grados si el número de los lesionados fuera muy elevado.

Ambos coinciden en que esta reforma del Código Penal beneficia a las víctimas de accidentes de tráfico porque les proporcionará más recursos ante los procedimientos penales.