Dudas en 10.000 multas del primer estado de alarma

La Tribuna
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En marzo pasado solo se habían tramitado 4.547 expedientes sancionadores

Dos policías levantan actas en el primer estado de alarma. - Foto: Rueda Villaverde

La decisión del Tribunal Constitucional de considerar inconstitucional el primer estado de alarma deja en el aire las más de 10.000 multas impuestas en la provincia de Ciudad Real durante los 99 días que duró (entre el 14 de marzo y el 21 de junio). La decisión del Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Vox contra el real decreto por el que el Gobierno declaró el primer estado de alarma y con una mayoría de 6 a 5 magistrados, el tribunal de garantías ha declarado inconstitucional el confinamiento, es decir la limitación de la circulación de personas y vehículos en espacios y vías públicas que fijaba la norma, así como la capacidad del Ministerio de Sanidad para modificar y ampliar las medidas de contención en la actividad comercial, aunque esta última parte no conllevará aspectos económicos, de momento, para las empresas que se vieron afectadas por el cierre.

La primera consecuencia de esta decisión del Tribunal Constitucional es que en la provincia de Ciudad Real quedan en el aire las 10.219 multas impuestas y las 75 personas que fueron detenidas por incumplir algunas de esas medidas de restricción que se aplicaron. Los datos fueron aportados por el Gobierno en una respuesta parlamentaria. Las sanciones aplicadas estaban acordes con la Ley de Seguridad Ciudadana, las sanciones oscilan entre los 601 y los 30.000 euros, pudiendo llegar hasta 600.000 e incluso incurrir en causa penal.

Con todo, no todas las sanciones se han llegado a tramitar como expedientes. De hecho, en una respuesta ofrecida también por el Gobierno, el pasado mes de marzo, se indicó que se habían abierto 4.547 expedientes de sanción. De estos 3.664 estaban finalizados y 883 estaban en trámites. Se desconoce, por el momento, de qué manera se tendrá que proceder en aquellos casos en que la sanción se ha hecho efectiva y se ha pagado, aunque todo apunta a que será necesario recurrir una vez se publique la sentencia del Constitucional.