El Supremo ratifica la sentencia de los 8,8 millones

D. R.
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El alto tribunal no admite el recurso presentado por el Ayuntamiento tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que obliga al Ayuntamiento a pagar esta cantidad por la expropiación de otros terrenos frente al Cementerio

Terrenos ubicados frente al Cementerio Municipal. - Foto: D. R.

El Tribunal Supremo ha hecho firme la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) que condenaba al Ayuntamiento de Puertollano al pago de 8,8 millones de euros por la expropiación de unos terrenos situados frente al Cementerio Municipal y que son colindantes con la superficie por la que también fue condenada la Administración municipal al pago 7 millones de euros en el año 2015.

Así lo ha anunciado este mediodía el Grupo Municipal Popular, que en una nota de prensa recuerda que "esta sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo (contra la presente sentencia cabe interponer recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo) y el 12 de septiembre la sentencia condenatoria se hizo firme por inadmisión a trámite del recurso de casación en la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo y al igual que ocurrió con el anterior Gobierno, el nuevo, el del nuevo impulso pero con los mismos defectos nos ha ocultado la sentencia, no sabemos si creyendo que la podían esconder hasta después del 10 de noviembre".

En su nota de prensa, el PP también lamenta "el nuevo varapalo económico que tendremos que pagar todos los ciudadanos de Puertollano debido a unos gobiernos socialistas que han hecho una actuación inepta en relación a los terrenos del Cementerio, que los tenemos que pagar a precio de oro".

Según consta en la providencia del Tribunal Supremo, de 12 de septiembre, consultada por Europa Press, se ha rechazado el recurso del consistorio por fundarse el fallo de la sentencia recurrida en el derecho autonómico, así como por "falta de fundamentación suficiente que justifique el interés casacional" ante el Supremo. Además, condena en costas al Ayuntamiento en la cantidad de 1.000 euros en favor de la parte recurrida.

La sentencia que ahora se convierte en firme, de 8 de noviembre de 2018, estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los tres propietarios de los terrenos frente a acuerdo de justiprecio de 30 de junio de 2016 del Jurado Regional de Valoraciones de Castilla-La Mancha, recaído en procedimiento de expropiación por ministerio de la ley.

 

Cinturón Verde. Los terrenos iban a formar parte del inacabado proyecto del cinturón verde impulsado por el exalcalde Joaquín Hermoso Murillo. En su día, el Ayuntamiento adquirió dichos terrenos como parte del proyecto "Puertollano verde". Se trababa de una operación en la que el equipo de gobierno tenía previsto invertir 11 millones de euros en diversas actuaciones para completar el cinturón verde con el que se pretendía reforzar medioambientalmente zonas periféricas de la ciudad.

En la sentencia, los magistrados del TSJCM subrayan que el Ayuntamiento de Puertollano preveía realizar un parque urbano en un entorno urbano y a obtener por expropiación, "caso típico en el que el Tribunal Supremo viene reconociendo que el propietario debe poder instar la expropiación forzosa y no quedar indefinidamente sujeto a esta situación".

Por ello, prosigue la sentencia, "ante la pasividad del Ayuntamiento, y dado que tal como está diseñado el Plan General de Puertollano no es viable la delimitación de sectores ni unidades de actuación con aprovechamiento lucrativo en dicha clase de suelo, sería de aplicación el instituto de la expropiación por ministerio de la Ley como única salida a la situación en que actualmente se encuentran los propietarios de terrenos así calificados por el planeamiento".

En cuanto a la valoración de la expropiación, otro de los debates del litigio, los magistrados concluyen que procede la valoración de suelo urbanizable programado, en función de prolija jurisprudencia y antecedentes consultados.

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