Recurren ante la Audiencia el archivo de la causa del '106'

Pilar Muñoz
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Jesús Gassent sostiene que «hay un posible delito de daño que va más allá de un deslucimiento» y ha recurrido en apelación el auto de Carmelo Ordóñez

Recurren ante la Audiencia el archivo de la causa del '106' - Foto: PABLO LORENTE

El fiscal Jesús Gassent ha recurrido en apelación, ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real, el archivo de las diligencias abiertas contra el grafitero del ‘106’ por un presunto delito de daños, según avanzó Cadena Ser. Dejó su firma en más de 150 edificios de la capital causando daños estimados en 7.000 euros, según la Policía

Gassent explica a este diario que ha presentado un recurso ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real después de que fuera desestimado el recurso de reforma contra el auto del titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real, Camelo Ordóñez. Tras dar por sentado que el auto del juez «está muy motivado», el fiscal del caso sostiene que «hay un posible delito de daños que va más allá de un deslucimiento» que se resuelve con una labor de limpieza. Se trata, añade el fiscal, de un «criterio jurídico de interpretación» y, por ello, ha recurrido en apelación el auto del Ordóñez.

Los argumentos del juez. Decretó el sobreseimiento de la causa al considerar que los grafitis en inmuebles de comunidades de vecinos, comercios y edificios oficiales ha causado un simple acto de deslucimiento y que incluso podría compararse con el llamado auto urbano.

Al juez no le cabe duda alguna, según dice en su auto, que en «este tipo de actuaciones ni tan siquiera existe el dolo genérico de dañar, pues se trata de arte urbano» y llegado a este punto hace alusión al artista grafitero Banksy, quien tras una «andadura tortuosa» fue «encumbrado por las galerías de arte más famosas del mundo a las atalayas que sólo son ocupadas por los genios». Lo que pretende el autor es dejar «su arte», «su impronta» en la pintada o llamar la atención de una parte de la sociedad. Por ello, entiende que este pleito no debe caer dentro de la jurisdicción penal, en todo caso civil. En este caso ni en un orden ni otro, ya que el juez archivó la causa y desestimó el recurso de reforma del fiscal, quien ha seguido adelante al considerar que los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de daños.

Ahora será la Audiencia Provincial de Ciudad Real quien determine si hay o no dicho delito en las pintadas del grafitero ‘106’ , firma que ha estampado en más de 150 edificios.

A juicio de Ordóñez, «no es un delito continuado de daños, sino una serie de pintadas, un mero acto de deslucimiento de bienes inmuebles o de algunos bienes mueble y semovientes, por lo que acción no es típica». En consecuencia de ello, procedió a desestimar el recurso de reforma interpuesto por el fiscal, que ahora ha recurrido en apelación, ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real.