Condenados a 7 años y medio por intentar matar a una mujer

La Tribuna
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La repetición del juicio ordenado por el TSJCLM acaba con los tres acusados que hace dos años fueron absueltos de haber acuchillado y arrojado por la ventana a una mujer en Alcázar de San Juan condenados a siete años y medio de cárcel

Un agente de la policía, durante su testimonio, con los tres acusados sentados en el banquillo. - Foto: Rueda Villaverde

La Audiencia Provincial de Ciudad Real condena a L.M.F.R., J.S.C. y A.M.F.P. a una pena de siete años y medio de cárcel para cada uno de ellos como culpables de un delito de homicidio en grado de tentativa  tras acuchillar y arrojar por la ventana a una mujer a la que habían propuesto transportar droga y que rechazó.

La condena se produce en la repetición del juicio que ordenó el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha después de que hace dos años los ahora culpables fuera absueltos del mismo delito. Ahora, sin embargo, el Tribunal considera probado que los tres acusados, un hombre y dos mujeres, propusieron a la víctima, una compañera de un club de alterne de Miguelturra en el que trabajaban, participar en un transporte de droga a cambio de dinero. Para concretar los detalles del transporte, los cuatro quedaron en Alcázar donde se inició una discusión sobre cómo se iba a realizar. La víctima entendió que la querían engañar o usar como cebo por lo que quiso irse de la reunión. Las procesadas se lo impidieron y con ánimo de acaba con su vida, mientras una la sujetó por la espalda, otra le propinó varias puñaladas, hasta tres, cayendo al suelo. Volvió a intentar huir forcejeando con el acusado, que la consiguió sujetar y arrojarla, en estado de semiconsciencia, por una ventana de la casa en la que se encontraban, un segundo piso, cayendo de espaldas sin que ninguna de las otras procesadas hiciera nada por impedirlo. 

Ya en el acera, se realizó una llamada al 091 de un teléfono de la procesada, alertando que una compañera de piso se encontraba acostada en su domicilio y que sin mediar palabra, comenzó a gritar, se autolesionó con un cuchillo, bajando a continuación y tirándose al suelo". 

La sentencia, durante más de 40 folios, recoge que a consecuencia de las puñaladas y la posterior precipitación, la víctima, "de no haber recibido atención médica urgente hubiera fallecido" y entiende el tribunal que aunque la defensa trató de infundir la duda sobre un intento de suicidio de la víctima tras sufrir una intoxicación por drogas, no se puede probar e incluso las pruebas forenses no solo evidencian la compatibilidad de las lesiones sufridas por lo manifetado por la víctima, sino tamién descarta la versión exculpatoria de lso procesados. 

La declaración de la víctima no se aprecia incoherente, asegura la sentencia, ni contiene contradicciones y el Tribunal añade que la precipitación por la ventana resulta "incompatible" con un intento de suicidio. Los hechos declarados probados evidencian que la conducta de los procesados es reveladora "de un claro ánimo de matar o acabar con la vida" de la víctima, que se demuestra en la profundidad de las puñaladas o por arrojarla por la ventana cuando ya tenía unas lesiones graves, que la mantuvieron 27 días en la UCI, 49 en planta y 177 en el Hospital de Parapléjicos de Toledo recuperándose de sus heridas.

Hace dos años, la sentencia de la Audiencia absolvía a los acusados del intento de homicidio por no quedar acreditada la autoría de las lesiones y aseguraba que no se había podido establecerse con claridad -y en base a las pruebas y no a los testimonios contradictorios de víctima y acusados- si fue la propia víctima la que se causó las heridas en un momento de crisis por drogas o los acusados por un tema relacionado con el tráfico de estupefacientes.

El tribunal justificaba entonces la sentencia absolutoria en que había tantas dudas en las pruebas practicadas en el plenario que no encontraban motivos suficientes para condenar a 15 años de prisión a cada uno de los acusados porque, por ejemplo, el estado de nerviosismo e incoherencia de la víctima que relataron los acusados en la mujer antes de que presuntamente se autolesionara, coincide con los expresados por los sanitarios que fueron a recogerla. Ahora, dos años después, la sentencia remarca "el valor limitado" de esas primeras impresiones policiales o de atención médica cuando la víctima acababa de sufrir lesiones de enorme gravedad y se encontraba tirada en el suelo, además de mantener que su relato no presenta incoherencias. 

Los acusados también deberán hacer frente a 228.000 euros de multa por responsabilidad civil derivada del delito.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el TSJCLM.