Absuelto el acusado de abusar sexualmente de una mujer

E. Press
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha absuelto a P.N. de un delito de abuso sexual supuestamente cometido contra una mujer en 2018, por el que el Ministerio Público solicitaba cinco años de cárcel.

Absuelto el acusado de abusar sexualmente de una mujer - Foto: Tomás Fernández de Moya

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha absuelto a P.N. de un delito de abuso sexual supuestamente cometido contra una mujer en 2018, por el que el Ministerio Público solicitaba cinco años de cárcel.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, el tribunal considera que, de las distintas pruebas y declaraciones expuestas, el testimonio de la mujer "presenta grietas y fisuras que lo hacen débil e insuficiente para generar la certeza y seguridad exigible en el ámbito penal y justificar un pronunciamiento condenatorio más allá de toda duda razonable", razón por la cual procede absolver al acusado.

A esa conclusión llega el tribunal, tras aunar, por un lado, la "falta de verosimilitud" de la declaración de la mujer en su doble aspecto de coherencia interna, ausencia de elementos corroboradores periféricos o que los existentes apuntan en dirección contraria y, por otro, la "persistencia evidenciada en las contradicciones sustanciales y esenciales en que incurre".

Los hechos probados ocurrieron el sábado 15 de diciembre de ese año, cuando la mujer salió a dar una vuelta y a tomar algo con su hermana A. y unas amigas por la zona del Torreón-Calle de la Mata de Ciudad Real.

Después de visitar varios bares y locales dónde consumieron cervezas y vinos acompañadas de tapas y raciones se dirigieron al disco pub Alive. En dicho local se encontraba P.N., nacido en Gambia el 1 de enero de 1979, quien había salido solo a dar una vuelta.

Tras pasar un tiempo en el local, E.M.S, ya sola, decidió marcharse, dirigiéndose a la parada de taxis, dónde coincidió, de nuevo, con P.N., en la espera de la llegada de uno libre, montándose ambos en el mismo vehículo y bajándose en el semáforo de la calle Bernardo Balbuena, a escasos metros del Hotel, establecimiento en el que se alojaba P.N.

Desde allí se encaminaron al citado Hotel, dónde accedieron juntos tras pasar por la recepción y ya en la habitación mantuvieron una única relación sexual completa. Según la sentencia, la mujer permaneció en la misma hasta alrededor de las 7.00 horas, ante la negativa de P.N. a que se marchase a esas horas, instante en que ambos salieron buscando un lugar en el que desayunar, aunque finalmente, sin lograrlo, se despidieron.