El Sescam seguirá con clínicas privadas de otras regiones

J.A.J.
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El paciente podrá recibir un tratamiento en estas clínicas si cuentan con un convenio con la Sanidad castellano-manchega y el servicio que precisa le obliga a desplazarse a más de 50 kilómetros de su domicilio para curarse en un centro público.

El Sescam dejará acudir a clínicas privadas de otra región

La Consejería de Sanidad ha emitido una orden que regula la atención de pacientes del Sescam en clínicas privadas de regiones limítrofes con Castilla-La Mancha, fijando condiciones a una posibilidad que existe desde hace nueve años. La citada orden, firmada el pasado día 9 por el consejero del ramo, Jesús Fernández Sanz, fue publicada este lunes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

En resumidas cuentas, la nueva norma permite que un paciente de la sanidad pública castellano-manchega acuda a estas clínicas, asumiendo el gasto correspondiente el Sescam, siempre que precise un tratamiento que le obligue a desplazarse a más de 50 kilómetros de su domicilio si acude a un centro público castellanomanchego. Evidentemente, a esta posibilidad podrán acogerse pacientes de comarcas de la región limítrofes o cercanas a Madrid, Castilla y León, Aragón, Comunidad Valenciana, Murcia, Extremadura y Andalucía que cuenten con clínicas privadas dotadas del servicio médico demandado.

También se prevé otra vía más genérica de acceso de los pacientes a estas clínicas privadas foráneas «cuando las posibilidades diagnósticas y terapéuticas existentes en la Comunidad Autónoma resulten insuficientes para cubrir la demanda de asistencia sanitaria».

Para acudir a la clínica en cuestión, ésta deberá tener suscrito un convenio a tal fin con el Sescam, sin perjuicio de que cumpla con las normas sanitarias fijadas por la comunidad autónoma donde esté instalada.

Convenios posibles desde 2010.

La nueva orden modifica otra vigente desde 2010, que regulaba el respaldo a la Sanidad Pública por centros sanitarios privados. La Orden de 2010 ya facultaba «excepcionalmente» al Sescam  a alcanzar convenios con clínicas privadas de regiones vecinas, pero no detallaba los requisitos que ahora añade la de este año.

Este tipo de normativas se fundamentan en la Ley de Ordenación Sanitaria de la región, que permite a los centros de atención especializada no integrados en la red sanitaria pública de Castilla-La Mancha vincularse a la misma «siempre que el centro sanitario sea técnicamente homologable, las necesidades asistenciales lo justifiquen y las disponibilidades económicas de la Administración lo permitan».

La ampliación de esta concertación del Sescam con instituciones privadas a centros médicos de fuera de la región se justifica en la nueva Orden en que «se ha constatado la necesidad de concretar los supuestos excepcionales en los cuales el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha puede suscribir convenios con centros sanitarios de otras comunidades limítrofes, con objeto de mejorar la eficacia y la atención de los pacientes».