La OMIC informa de las medidas de protección del Gobierno

La Tribuna
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La OMIC informa a los consumidores de las medidas de protección adoptadas por el Gobierno durante el estado de alarma

La OMIC informa de las medidas de protección del Gobierno

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) ha estudiado los decretos aprobados por el Gobierno de España que afectan a las personas consumidoras y que adecua a la situación del estado de alarma algunas medidas para la protección de los usuarios y usuarias. En este sentido, Javier Márquez, técnico responsable de la OMIC, explicó que los suministradores de energía eléctrica, gas natural y agua «no podrán suspender el suministro a aquellos consumidores que se consideren vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social», tal y como recoge el decreto, aunque matizó que de esta medida sólo pueden beneficiarse quienes ya estén reconocidos como tal, e incluso concedido el bono social. Del mismo modo, informó de que se prorroga hasta el próximo 15 de septiembre la vigencia de los bonos sociales de electricidad que tenían que caducar antes de esta fecha. «Recordamos que la renovación deberá realizarse con una antelación mínima de 15 días hábiles al 15 de septiembre, presentando la misma documentación y siguiendo los mismos pasos que para solicitarlo», puntualizó. Por otro lado, se congela la tarifa regulada de gas natural para los próximos dos trimestres, y el precio de los GLPs envasados (butano) y por canalización para los próximos seis meses. Durante el estado de alarma, y sus posibles prórrogas, también se interrumpe el plazo para la devolución de productos comprados, tanto de manera presencial como online. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020 que establece el estado de alarma o, en su caso, las prórrogas del mismo. En cuanto a la vigencia del documento nacional de identidad (DNI), se prorroga por un año la validez de aquellos que caduquen durante el estado de alarma, por lo que también podrá renovarse cualquier tipo de certificado vinculado a él en ese periodo.

Otras consultas. Mucha gente ya tenía previstas sus vacaciones para Semana Santa, pero la situación que se está viviendo actualmente por el coronavirus está dando al traste con estos planes. Los consumidores se preguntan si tiene derecho al reembolso de su dinero por cancelación. «Estamos atendiendo a numerosas consultas. Cada caso debe ser estudiado de forma individual, pero lo principal es tener prudencia, valorar con calma la situación y ver cómo va evolucionando», señaló Javier Márquez. En el caso de querer suspender el viaje, será posible hacerlo si previamente se ha contratado un seguro de cancelación. Aunque hay que tener en cuenta que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el coronavirus como pandemia y eso significa que «la mayoría de los seguros de cancelación no se pueden aplicar». La única opción que barajan los técnicos de Consumo es si se podría aplicar el concepto de «fuerza mayor», algo que hasta hace unos días no interpretaba así el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Otra alternativa para los consumidores es ponerse en contacto con su aerolínea, ya que varias están ofreciendo opciones para cambiar sus billetes. El responsable de la OMIC hizo hincapié en que «en caso de que se trata de un viaje combinado (cuando se contrata con una agencia más de dos servicios, como por ejemplo vuelo más hotel), la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios contempla que se puede cancelar pagando una penalización que será mayor o menor en función de los días de adelanto con los que se efectúe la anulación».