13 años de cárcel por maltrato, lesiones y delito de aborto

Pilar Muñoz
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La Audiencia juzga probado que la víctima vivió «un auténtico horror», «un infierno sometida a los deseos del acusado», que la humilló, vejó, anuló y denigró

13 años de cárcel por maltrato, lesiones y delito de aborto - Foto: Tomás Fernández de Moya

Tiene 40 años y puede cumplir los 60 en prisión si esta última sentencia adquiere firmeza. En diciembre de 2017 fue condenado a 12 años de cárcel por abusar sexualmente de la hija de su pareja y ahora acaba de ser condenado a 13 años, cinco meses y 15 días de prisión por maltrato habitual, lesiones, delito de aborto y otro de maltrato.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso La Tribuna, la Audiencia Provincial de Ciudad Real  considera probado que José Manuel M-C. N. d. A. mantuvo una relación análoga al matrimonio con C.P. M.T. entre julio de 2011 y el 15 de agosto de 2012, primero en una vivienda de Pozuelo y después en otra ubicada en Torralba de Calatrava. En este intervalo de tiempo fue de «forma progresiva»  aumentado un maltrato con frases y expresiones con una  «clara intención» de menospreciar, humillar, anular y denigrar a su entonces pareja, que «se vio absoluta y totalmente vejada y presa de los deseos del acusado».

De forma «unánime» y «terminante» , el Tribunal de la Sección Segunda que enjuició los hechos  juzga probado que ya en el inicio de la relación el ahora condenado profirió expresiones hacia su pareja como «guarra, que no puedes ir sola al servicio, tonta, cara de mono, fea» y también «empezó a darle pequeños pisotones, en apariencia de broma, en tono de aparente juego y sin llegar a pegar fuerte». Posteriormente «todo subió de tono en expresiones como subnormal, hija de puta, colombiana, vas a acabar en una cuneta, te voy a hacer lo de los corderos (en el matadero), te voy a desfigurar». Un trato que se convirtió en habitual y cotidiano, llegando a rociarla de gasolina, a tapar su cabeza con una bolsa impidiendo su respiración, a sacarla al balcón desnuda o asomar su cabeza a un pozo. Las patadas, golpes y bofetones también se convirtieron en habituales.

La víctima «vivió un auténtico horror y la convivencia se convirtió en un infierno, sometida de continuo a los deseos del acusado», según la sentencia.

Los magistrados han creído a la víctima, su testimonio. Del mismo modo, han tenido en cuenta los informes de forenses, médicos, psiquiatras, psicólogos y responsables del Centro de la Mujer de La Solana, que fue cuestionado por la defensa del procesado.

La Sala juzga probada la agresión del 30 de septiembre de 2011. Fue atendida en un centro de salud y después en el Hospital General de Ciudad Real donde según la víctima la obligó a decir que se había caído de un columpio. El 11 de agosto de 2012 también tuvo que ser atendida por otra agresión.

Antes, el 24 de abril, según el Tribunal, la obligó a abortar en una clínica, cuyos médicos y enfermeras declararon en el juicio que de haber visto u observado algo anormal lo habrían denunciado.

Los magistrados consideran probado que el encausado la obligó a abortar y que la víctima entró en un profundo estado de tristeza. «Como consecuencia de todos los hechos, además de las lesiones físicas, la mujer sufre graves trastornos psiquiátricos».

En casación. La abogada Cristina Marín, que fue designada para defender al procesado por el Turno de Oficio Penal especial, va a recurrir  ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia al considerar que no se han tenido en cuenta unos hechos ni se han valorado otros.