Los sindicatos valoran la sentencia ante la temporalidad

M. Lillo
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CSIF y UGT se pronuncian en relación a la nueva doctrina del alto tribunal y lo consideran un paso para que «no haya tantas plazas en interinidad»

Los sindicatos valoran la sentencia ante la temporalidad

Los sindicatos han valorado la sentencia del Tribunal Supremo hecha pública la semana pasada y en la que el alto tribunal viene a rectificar la aplicación que venía haciendo en relación a la duración del contrato de interinidad por vacante en el sector público. De esta forma, desde el sindicato CSIF valoran «de manera positiva esta interpretación de la doctrina porque da mayor protección y seguridad jurídica al personal interino laboral, al que se le reconocerá la condición de indefinido no fijo», informa Lorenzo Domínguez, presidente de CSIF Ciudad Real. 

Del mismo modo, detalló que con la mencionada sentencia se establece «de manera muy clara la duración máxima de tres años para cubrir las vacantes, salvo que se haya iniciado el proceso selectivo y este período no podrá interrumpirse con la excusa de la paralización de las ofertas de empleo público».

Por esta razón, Domínguez considera que esta doctrina «pone de nuevo el foco, tal y como señala CSIF, en el abuso de la temporalidad por parte de nuestras administraciones», una problemática que viene denunciando el sindicato y para la que ha reclamado avances que sirvan para reparar el daño a los actuales interinos.  

«Este problema requiere de una vez por todas de una propuesta efectiva por parte del Ministerio que ponga coto a esta práctica en nuestras administraciones y solucione la grave situación que afrontan miles de personas en toda España», reclamó el responsable de CSIF Ciudad Real en relación a una demanda que trasladan al Ministerio de Política Territorial y de Función Pública.

Del mismo modo, Javier Román, secretario general de Servicios Públicos de UGT Ciudad Real, recordó que la Unión Europa ya ha emitido «varias sentencias, todas en un mismo sentido: el abuso de la temporalidad que hay en España en la función pública», por lo que indicó que el Supremo coge ahora esta última doctrina y establece que los interinos pasarán a indefinidos no fijos si la vacante dura más de tres años. Esto no afecta a aquellos que estén cubriendo plazas de funcionarios de carrera.  

lo que supone. La diferencia principal es que «los interinos cuando cesan la actividad se van a su casa con lo puesto», ya que sólo perciben los días de vacaciones no disfrutadas o lo que no hayan cobrado, mientras que a los indefinidos no fijos se les tiene que pagar «una inmenización por cese de actividad por los servicios prestados».

De este modo, el representante de UGT considera que la sentencia «avanza para que no haya tanta temporalidad en el empleo» y «fuerza a que no haya tantas plazas en interinidad», si bien, matizó que ahora el Supremo «tiene que unificar sentencias» y que tiene que abordar una «negociación» con el Ministerio relativo a la mejora de las condiciones laborales en la función pública. 

Los sindicatos señalaron el alto número de interinos que hay en sectores como la sanidad y la educación, así como en la Administración local, que «en algunos casos llega casi al 70% del personal eventual que deberían ser indefinidos no fijos», concluyó.