Una ley de hace 113 años, ariete contra las 'revolving'

Pilar Muñoz
-

Abogados de Ciudad Real avisan del incremento de pleitos por intereses muy altos en tarjetas de crédito, que se están ganando al declararse nulos los contratos por la Ley de Usura de 1908

Una ley de hace 113 años, ariete contra las ‘revolving' - Foto: Yolanda Redondo

Abogados de Ciudad Real avisan del incremento de pleitos por tarjetas 'revolving' tras destacar que una ley de hace 113 años está siendo el caballo de batalla en estos casos de usura. En el último año han aumentado estos litigios, hasta el punto de sorprender a letrados especializados en Derecho de Consumo como Eloy Sánchez Palacio, que pensaba que no era tan usual, pero ha podido constatar que ya no es un procedimiento raro de encontrar en los juzgados. Aunque son de materia mercantil no se resuelven en los juzgados competentes, el número 3 o 4 de Ciudad Real, sino donde toque por reparto de asuntos.

Sánchez Palacio explica a este diario que la Ley de Usura de 1908 está permitiendo que se declaren  nulos los contratos de tarjetas de crédito y 'revolving'  si se acreditan intereses muy altos. «Si hay usura, si se demuestra, la ley es clara». A modo de ejemplo, cita el caso de un transportista que necesita 200 euros para arreglar el camión y como en ese momento no tiene liquidez, pide un préstamo a cuenta de su tarjeta y luego tiene pagar 600 euros». Las denominadas 'revolving' permiten aplazar el pago del crédito o compra en lugar de hacerlo a mes vencido como las tarjetas de crédito o al contado si son de débito. Este producto de crédito ha ganado adeptos debido a la crisis, estrecheces económica o por la publicidad. «No se pide garantía y mucha gente ha dispuesto de ellas y cuando han querido darse cuenta han pagado 4.800 por 3.000 euros».  Los intereses aplicados en una tarjeta 'revolving' pueden superar el 26 o 28% de TAE, que «es una barbaridad» y que, según numerosas sentencias, implica usura.

La jurisprudencia, añade Sánchez Palacio,  se ha ido consolidando y ahora están aflorando los casos en los juzgados de Ciudad Real, pese a la pandemia y tres meses de confinamiento y paralización de la justicia. Según el letrado especializado en Derecho de Consumo, «las tarjetas 'revolving' pueden ser un auténtico pozo sin fondo para un consumidor, pyme o autónomo, que en un momento determinado necesitaban de un pequeño crédito y que no ve el momento de acabar de pagarlo». El término 'revolving' obedece a que «el dinero amortizado vuelve a estar disponible, por lo que puedo volver a utilizarlo. Hasta aquí todo parece lógico. El problema de este producto financiero es la obligatoriedad del aplazamiento del pago, es decir, yo no puedo pagar la deuda de golpe, sino que la tengo que amortizar a lo largo de un determinado plazo». Además, «ese crédito lo tenemos que devolver con unos intereses extremadamente altos». Pero la Ley de 1908 está «tumbando» estos productos financieros.

El despacho  de Eloy Sánchez, en el número 8 de la calle Alarcos de Ciudad Real, ha ganado pleitos de esta naturaleza y lleva otros en proceso de juicio.  Hay entidades financieras que se están allanando, no pleitean, reconocen esa nulidad y devuelven el dinero, concluye.