Los letrados del Parlament avalan la continuidad de Torra

Efe
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Los servicios jurídicos de la Cámara consideran que la Junta Electoral no puede retirarle el acta de diputado, ya que sus competencias de este órgano están vigentes "en relación a los procesos electorales en curso y hasta que concluyen"

Los letrados del Parlament avalan la continuidad de Torra Foto: David Zorrakino Europa Press

Los letrados del Parlament han emitido un informe jurídico que avala la continuidad de Quim Torra como diputado y presidente de la Generalitat, tras indicar que las competencias de la Administración electoral (la JEC) lo son solo "en relación a los procesos electorales en curso y hasta que concluyen". Según indican los letrados "no es posible una declaración de inelegibilidad sobrevenida", y subrayan lo que indican el Estatut y la Ley de la Presidencia de la Generalitat y del Govern. Ambas leyes, resaltan, establecen como causa de cese en el cargo de presidente "la condena penal firme que conlleve la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos", y recalcan en este sentido que no hay una sentencia firme contra Torra porque aún están pendientes de resolver varios recursos presentados ante el Tribunal Supremo.

En consecuencia, apuntan los letrados del Parlament, no se le puede retirar el acta como diputado de forma preventiva porque esto "podría lesionar el derecho fundamental de participación política" y también "podría ocasionar un daño irreparable a los diputados". Consideran los letrados que una junta electoral "no es competente para acordar el cese del diputado", sino que debe ser la cámara legislativa catalana quien lo decida en base al principio de autonomía parlamentaria.

Los letrados apuntan también que "hay elementos suficientes, tanto a partir de una interpretación sistemática de las normas que regulan la institución de la Presidencia, como de naturaleza lógica y gramatical, para considerar que el eventual cese en el cargo de diputado por causa de incompatibilidad no afectaría a su continuidad en el cargo de presidente de la Generalitat".

Otro inciso que realizan los servicios jurídicos del Parlament es que "la causa de incompatibilidad de los cargos electos declarados inelegibles" establecida en la LOREG fue prevista para "completar el procedimiento y las consecuencia normativamente previstas para la ilegalización de partidos políticos que justifiquen la violencia o estén en connivencia o sirvan de instrumento para organizaciones terroristas". Este no es el caso del presidente Torra, ya que el delito por el que ha sido condenado a un año y medio de inhabilitación es el de desobediencia. La reunión de la Mesa del Parlament que tiene lugar esta mañana estudia los escritos presentados por Cs y PP en los que se reclama que se efectúe la retirada "inmediata" del escaño al presidente Torra.

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