José Rivero

Doble Dirección

José Rivero


Ruleta catalana

02/06/2021

La propuesta del Gobierno de Pedro Sánchez de practicar el indulto a los líderes independentistas catalanes condenados por el Tribunal Supremo por sus actuaciones en torno al 1 de octubre de 2017 tiene múltiples lecturas y algunas consecuencias nada desdeñables. Y no sólo de índole jurídica. Las políticas internas las vamos viendo ya con un PSOE dividido y vacilante por la duda de los efectos colaterales; y las políticas externas con una reacción de la oposición constitucionalista que amenaza con acelerar el desgaste gubernamental. 
Las jurídicas se vienen produciendo bajo la batuta de opiniones razonadas profesores de Derecho –pero con corazón político visible y lejos de una aparente neutralidad–. Véase la batería de textos que vienen produciéndose en los últimos días en el diario El País –en función de diario oficial gubernamental–, que tratan de abonar las tesis favorables al indulto desde una pretendida legalidad sustentada en una norma de gracia que procede del siglo XIX, 1870 ni más ni menos, y que se ha mantenido en el vigente texto constitucional como una prerrogativa del ejecutivo. Como demuestra, en ese sentido de razonamientos laterales, la pieza de Tomás de Quadra-Salcedo, Gracia y justicia, donde la única razón que podría abonar el indulto, a su juicio sería la de entender que pudiera ‘arreglar el problema de Cataluña’. Aunque líneas más abajo y sobre la idoneidad y eficacia del indulto, viene a decir que «el futuro lo dirá».  
La pretensión declarada de practicar la concordia –aquí y ahora, como hace y dice Sánchez– y el entendimiento frente a una hipotética «revancha y venganza» previa, introduce una lectura de la sentencia en clave anómala. Por más que los firmantes –a la cabeza, Joaquín Almunia y Manuel Carmena– del texto Necesidad y utilidad social del indulto, fijen que «el indulto es un acto político propio del Gobierno que no está vinculado por el informe del T. S. constituye una medida discrecional que no puede incidir en arbitrariedad, tiene que estar motivado, y, como tal, sujeto a la crítica y a la valoración política…No es un acto contra el poder judicial». Por más que esa discrecionalidad pueda caer en arbitrariedad y que se señale al poder judicial como obrante de una sentencia con penas desproporcionadas. 
Si la condena fruto de la sentencia dictada por la sala del Supremo lo ha sido bajo la presión de ese dueto de «revancha y venganza», Sánchez ha producido un roto descomunal en el ámbito del Poder Judicial. Igual que lo está produciendo en Cataluña primero, y después en España pretendiendo obviar lo evidente. Y olvidar lo vivido ayer.