Recurre ante el TS el fallo de seguir manteniendo a su hijo

Pilar Muñoz
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El recurso de casación ante el Supremo se interpone contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que resuelve que el hijo tiene derecho a la manutención aunque haya dado un giro a su carrera de ingeniería química por la de bombero

Recurre ante del TS el fallo de seguir manteniendo a su hijo - Foto: Fotos Rueda Villaverde

La sentencia de la Audiencia de Ciudad Real que obliga a los padres a seguir manteniendo a su hijo de 23 años que ahora quiere estudiar para ser bombero ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo, ha indicado a este diario el letrado Alfonso Gómez Moran que ha interpuesto el recurso de casación y que confía en que le den la razón como en primera instancia.

La juez extinguió la pensión alimenticia fijada a favor del hijo común de los litigante al haber terminado la carrera, el grado de ingeniería química con «buenas notas» y «en lugar de buscar un empleo decidió dar un giro a su orientación profesional matriculándose en una academia para ser bombero». Un cambio «legítimo» que «no justifica el mantenimiento de la pensión, al desdecirse de su libre e inicial opción profesional», sentenció la juez de instancia tras destacar que finalizó los estudios universitarios con 22 años.

El joven recurrió en apelación y la Audiencia Provincial de Ciudad    Real revocó la sentencia de la juez de Primera Instancia e Instrucción número 6. El Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Ciudad Real anuló por completo la sentencia tras estimar «íntegramente» el recurso de apelación interpuesto por la representación legal del demandante contra la sentencia dictada por la titular de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ciudad Real en junio de 2020.

Ahora la Audiencia de Ciudad Real juzga que la titulación «no asegura un puesto de trabajo» y falla que «no se le puede quitar la pensión de alimentos al hijo que estudia una oposición»  aun no estando relacionada con su carrera universitaria. El magistrado Fulgencio Víctor Velázquez de Castro, ponente de la sentencia, destaca que el demandante ha sido durante toda su vida estudiantil un «excelente alumno, hasta el punto de finalizar su grado universitario de ingeniería química a la temprana edad de 22 años, sin repetir ningún curso, año a año, con un rendimiento académico extraordinario y muy superior a la media; rendimiento que desgraciadamente no significa ni asegura hoy día el acceso a un puesto de trabajo acorde a su titulación sino que obliga bien a completar su formación vía cursos postgrado, master o bien a acudir al sistema de oposiciones para acceder a la función pública». Además no quedó acreditada la «pasividad formativa» del hijo, como tampoco en lo relativo a la búsqueda de trabajo. Por ello, considera «justificado» optar por una oposición no relacionada con la titulación universitaria, sin que ello sea signo de «parasitismo social», sobre todo en estos tiempos en los que una carrera «no significa ni asegura el acceso a un puesto de trabajo». A la Audiencia de Ciudad Real  «no le cabe duda» de que el hijo «es merecedor de que sus padres satisfagan a día de hoy la preparación de las oposiciones que ha elegido cuando apenas hace un año que está en ello: ser bombero».