Recurso para una mayor penitencia

Pilar Muñoz
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Pedro Jiménez se negó a ser recluido en un monasterio y fue secularizado; tampoco aceptó la condena de 22 años de cárcel por abusar de menores, recurrió y ahora le han caído 30

Recurso para una mayor penitencia - Foto: Foto Tomas

Se negó a ser recluido en un monasterio durante cinco años para purgar su crimen, como considera el papa Francisco los abusos sexuales a menores cometidos por los curas. Pedro Jiménez, de 35 años, se negó una y otra vez, y el vicario de Cristo le aplicó la pena más alta, se le despojó de su dignidad de clérigo. El primer caso en España.

También se negó a entrar en prisión tras ser condenado a 22 años y ocho meses de cárcel por someter a abusos sexuales a nueve menores que cursaban ESO en el Seminario Diocesano de Ciudad Real. Recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha y el castigo ha sido mayor: 30 años y dos meses de cárcel. Ante esta sentencia cabe recurso de casación, pero a la vista de una sentencia muy motivada, razonada y de aplastante contundencia cabe pensar que sería una temeridad. Además, podría no admitirse la casación.

Quizá es hora de aceptar las penas y pedir perdón por los pecados cometidos. Antes de ser condenado por la justicia ordinaria, lo fue por la propia Iglesia, secularizado en mayo de 2019 por decreto del papa Francisco ante su negativa a cumplir la resolución del Tribunal Eclesiástico. Unos meses después  se sentaba en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Ciudad Real para responder de una veintena de delitos de abuso sexual con prevalimiento en la persona de nueve menores de entre 11 y 14 años, de los que era su formador y tutor en el Seminario de Ciudad Real. El juicio se fijó para septiembre de 2019 y una vez iniciada la vista el abogado del cura pidió un aplazamiento alegado indefensión porque no se le había facilitado copia grabada de las declaraciones de los menores en instrucción. En diciembre se reanudó la vista y en enero de este año se dictó la sentencia condenatoria recurrida por las partes. El juicio fue a puerta cerrada, pero las sentencias de primera instancia y del TSJCM revelan la gravedad de los hechos destapados en abril de 2016 y que venían sucediéndose desde al menos dos años antes. 

El Tribunal, como ya hiciera la Audiencia Provincial, desarma la pretendida confabulación esgrimida por el excura. Para los magistrados no hay duda: Pedro J. A. se valió de su posición y de su condición de tutor y formador de los menores para abusar de ellos. Existió «prevalimiento», juzgan probado los magistrados en cuanto a los abusos sexuales a nueve menores que tenían entonces menos de 16 años (entre 11 y 14 años). Uno de ellos no se ha recuperado y todos sufren secuelas psicológicas.