El Sescam deberá pagar las guardias en bajas por embarazo

EFE/J.S. Rodríguez
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El Supremo no ha aceptado el recurso presentado por la Junta. CSIF califica de «pionera» y el Sescam estudiará el fallo para determinar si es solo aplicable al caso concreto o debe genaralizarse en casos de incapacidad temporal por embarazo

El Sescam deberá pagar las guardias en bajas por embarazo

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por la Junta de Comunidades contra una sentencia de un juzgado de Albacete, que obliga al Sescam a pagar a una médica la parte proporcional de guardias en periodos de incapacidad temporal por su embarazo.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por la Junta de Comunidades contra una sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Albacete, de septiembre de 2020, que atendió la reclamación que había hecho esta facultativa.

En la sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso EFE, se indica que el juzgado de Albacete que atendió el recurso interpuesto por la demandante contra una resolución del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) de octubre de 2019.

El juzgado estimó parcialmente la reclamación de la médica sobre la cantidad que debería abonársele del promedio del complemento de atención continuada en las guardias, durante los periodos de incapacidad temporal (IT) por enfermedad común.

La Junta de Comunidades recurrió en casación la sentencia del Juzgado de Albacete, pero la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso, en una sentencia que CSIF ha calificado de «pionera» en Castilla-La Mancha, porque fija la doctrina del Alto Tribunal respecto al abono del promedio de guardias en el período de incapacidad temporal durante el embarazo.

CSIF destaca que la sentencia «viene a consolidar de forma definitiva» la postura del sindicato «fijando la doctrina por la que, a partir de este pronunciamiento, han de regirse los tribunales» en los recursos planteados por el Sescam.

Con este pronunciamiento del Supremo, los tribunales deberán de establecer el abono del promedio de guardias en el período de IT durante el embarazo, ha apuntado CSIF, que ha añadido que esta sentencia «era muy esperada», ya que hay numerosos procedimientos paralizados a la espera de resolución.

A partir de esta sentencia del Supremo, «los tribunales deberán pronunciarse necesariamente en este sentido siempre que la incapacidad temporal esté relacionada con el embarazo», ha subrayado CSIF, que ha indicado que es pionero en la obtención de numerosas sentencias de trabajadoras durante el embarazo, «tanto en incapacidad temporal común, adaptación de puesto y embarazo de riesgo».

Respuesta del Sescam. La directora gerente del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), Regina Leal, descartó valorar el fallo y aseguró que, en materia de jurisprudencia, la administración regional lo que hace es siempre «acatar y acometer las sentencias». No obstante, Leal señaló que los servicios jurídicos del Sescam estudiarán si la sentencia es «sobre un caso puntual referente a la incapacidad temporal o es un tema generalizado» que debe genaralizarse en casos de incapacidad temporal por embarazo.