Cree «justo» 8 años de cárcel por abusar de una trabajadora

Pilar Muñoz
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Fiscal y acusación particular consideran probados los hechos ocurridos en una conservera de Piedrabuena tras calificar la actitud del procesado de «claramente soberbia y prepotente»

Cree «justo» 8 años de cárcel por abusar de una trabajadora - Foto: Tomás Fernández de Moya

El juicio contra un empresario de Piedrabuena por abusar sexualmente de una empleada ha sido espinoso y controvertido y en la última sesión que tuvo lugar ayer se generó un fuerte debate entre los peritos psicólogos de la Administración de Justicia y de la defensa sobre todo en lo concerniente a los criterios de las personalidades de la denunciante y del procesado.

Para el Ministerio Público, ejercido por el fiscal jefe, Luis Huete, los hechos denunciados en abril de 2017 han quedado acreditados y considera que ocho años de cárcel es «una pena justa» habida cuenta de que la condena del delito de abusos sexuales con acceso carnal está entre 4 y 10 años de cárcel y en el caso de varios hechos continuados oscila entre 7 y 10 años, explicó el fiscal en su alegato tras considerar que en el juicio se ha visto la actitud «claramente de soberbia y prepotencia» del procesado Juan L. M., de casi 65 años. «Muestra su talante al declarar que hace lo que quiere» y que despidió de forma improcedente a la denunciante y a otra empleada porque la ley se lo permite y no es así, apostilló el fiscal.

El despido se produjo cuando les pidió ir a limpiar a su casa de campo y las dos trabajadoras de su empresa conservera se negaron. Dos días después una de ellas le denunció y más tarde relató varios episodios obscenos y de abusos sexuales, el más grave con acceso carnal. La mujer, según los informes de los peritos judiciales, no se ha recuperado, no puede trabajar por la situación en la que se encuentra y ha acabado por dejar su pueblo.

El abogado Eduardo García de León, que defiende al procesado, solicitó la absolución tras mantener que toda la prueba practicada se ha elaborado con posterioridad a la fecha del despido. De ahí que comenzara su alegato diciendo que parecían que estaban en un procedimiento laboral en el que existe el In dubio pro operativo, en caso de duda a favor del trabajador. Pero como quiera que estamos en un procedimiento penal apeló al In dubio pro reo (en caso de duda a favor del reo). Según el letrado, la denuncia obedece a un «mal asesoramiento» o intención crematistica (pide 45.000 euros de indemnización) porque a su juicio no existen pruebas. «Puso la denuncia dos días después del despido. Hasta entonces tenían una buena relación», sostuvo el abogado tras referirse a fotografías de celebraciones en las que aparece cerca del procesado, en actitud sonriente y tranquila cuando según la denuncia ya venía sufriendo abusos. En cuanto al episodio de abuso con acceso carnal, el letrado rechaza de plano la acusación. «La denunciante dice que fue al médico, pero sólo que tenía molestias al orinar. Le hicieron un análisis de orina y tenía cistitis, una infección».

Sin embargo, tanto el fiscal como el letrado Luis del Valle, que ejerce la acusación particular en nombre de la víctima, fueron tajantes: Juan L. M. sometió a tocamienos, a abusos a la trabajadora. «Su testimonio es claramente veraz», recalcó Del Valle tras aludir a los informes de los médicos forenses y de las peritos judiciales que son «certeros».  Juan L.M. «no es el gran empresario ni la buena persona que dice ser», remarcó el letrado.

El fiscal fue muy contundente en su informe final en que expuso y analizó las contradicciones en las que ha incurrido el procesado.