La Justicia anula 70 multas de la zona azul a una mujer

Hilario L. Muñoz
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La dueña del vehículo alegó que su expareja es el conductor y que no llegó a recibir las cartas de sanción en el domicilio donde se encuentra empadronada

Un parquímetro de la zona azul en el centro de Ciudad Real. - Foto: Rueda Villaverde

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ciudad Real ha anulado 70 multas de la zona azul y ha obligado a devolver las cantidad embargada por estas sanciones a una mujer debido a errores ocurridos en la comunicación de la sanción. Así figura en la sentencia a la que ha tenido acceso La Tribuna y en la que se hace referencia a que es necesario agotar los recursos al comunicar la multa.

Los hechos se remontan a mayo del año pasado cuando a una vecina de Ciudad Real, desempleada y que percibe el ingreso mínimo de solidaridad, se le embargó parte de la cantidad correspondiente a 70 multas de aparcamiento y que superaban los 5.000 euros. La mujer, defendida por Carlos Bruno, como abogado del turno de oficio, alegó que el vehículo, aunque aún figura a su nombre, en realidad lo posee su expareja desde hace años y que ni una sola de las multas se le habían notificado, señalando que en caso de haberlo hecho habría dado a conocer la situación en la que se encontraba el vehículo.

El magistrado del juzgado número 1, Antonio Barba, se centra en este último aspecto para lo que señala que la comunicación implica asegurarse que el destinatario recibe la notificación y para ello deben agotarse «todas las formas racionalmente posibles de comunicación personal» antes de acudir el edicto. Así, recuerda que el Tribunal Supremo señaló en una sentencia del 26 de enero de 2004 que no es válida la notificación por edictos «cuando conste la dirección del interesado o se pueda lograr sin esfuerzos desproporcionados». «Concurre la circunstancia de que el domicilio al que se enviaban las denuncias estaba en Orense, lo que debería haber hecho sospechar al funcionario correspondiente que no es normal que alguien que vive en Orense se le pongan más de 70 multas por aparcar en Ciudad Real», señala el texto de la sentencia, para estimar que esa falta de diligencia al notificar las sanciones hacen que se estime el recurso y se anule el embargo por las multas, condenando a costas al Consistorio.