Ganaderos y cazadores respiran

M.H. (SPC)
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La norma no será válida para los perros que acompañen al ganado o realicen actividades cinegéticas. Su inclusión habría puesto trabas al desempeño de sus funciones y muchas razas habrían corrido peligro de desaparecer

Ganaderos y cazadores respiran

El 20 de marzo del año pasado fue una fecha histórica para el campo español. Más de medio millón de personas, la mayor parte ataviadas con prendas de color naranja que delataban su condición de cazador, protestaron por las políticas gubernamentales relacionadas con el medio rural. Y una de las causas que sacó a la calle a esa marea de gente fue el entonces borrador de la llamada Ley de Bienestar Animal.

Hoy, agricultores, ganaderos, cazadores y habitantes del medio rural, en general, están de enhorabuena. Los animales de trabajo en las explotaciones agrarias y los perros de caza quedan definitivamente fuera de esta norma, que fue aprobada en el Congreso de los Diputados la semana pasada. Según manifiesta ASAJA, la cordura y el sentido común se han impuesto gracias a la presión que desde las organizaciones agrarias, desde la Real Federación Española de Caza e incluso desde algunas comunidades autónomas (algunas gobernadas por el PSOE) se ha realizado para conjugar la protección de los animales con el correcto desarrollo de actividades como la ganadería o la caza.

ASAJA aplaude el giro de timón, in extremis, que el grupo parlamentario del PSOE ha dado en este tema al incluir la enmienda para que los perros de caza y de trabajo quedaran fuera del texto legislativo, y que ha sido refrendada por una mayoría de grupos parlamentarios. Definitivamente, los animales inmersos en la actividad profesional, como es el caso de los animales en las ganaderías (fundamentales para el trabajo en el sector) y los animales para la actividad cinegética quedan excluidos de la Ley.

Ganaderos y cazadores respiranGanaderos y cazadores respiranDe esta forma, no se verán afectados los animales empleados en el manejo y protección de la ganadería, algo que, de no haber sido así, hubiera supuesto un grave problema para los ganaderos. El pastoreo y la protección de los animales tiene en los perros un pilar imprescindible. Unión de Uniones se quejaba, allá por el mes de agosto, de que las exigencias de la ley imposibilitarían en la práctica el uso efectivo de los perros en la ganadería.

En este sentido, la organización destacaba el que los llamados animales de compañía, categoría en la cual se pretendía que quedaran comprendidos los de guarda, pastoreo y caza, tengan prohibido estar sueltos en lugares de «acceso público, especialmente en los parques nacionales u otros espacios naturales protegidos donde puedan causar daños a las personas, al ganado o al medio natural», algo absolutamente absurdo si se refiere a canes que trabajen con el ganado y una prueba más de cómo se legisla sin conocer la materia en cuestión. «No tiene sentido que se exija esto a los perros pastores por considerarlos animales de compañía; por su labor, han de estar sueltos y ejerciendo su tarea de proteger al ganado en espacios naturales y en parques nacionales, por lo que deben considerarse excepciones como esta entre muchas otras», explicaban.

La ley también pretendía que, por ejemplo, los mastines no pudieran trabajar antes de los 18 meses, cuando lo normal es que se críen desde cachorros con el ganado que van a tener que defender y aprendan de los ejemplares adultos a desempeñar su labor. Si un mastín se ve por primera vez en su vida entre un rebaño de ovejas con año y medio sin haber tenido antes ningún contacto con el ganado, lo más probable es que la cosa no acabe bien. Además, a partir de los siete años iba a ser necesario un informe veterinario anual para que pudieran seguir «trabajando». «Por un lado, el Ministerio para la Transición Ecológica quiere aumentar el número de lobos y nos dice que invirtamos en medidas preventivas como perros pastores; ahora el Ministerio de Derechos Sociales nos impone normas imposibles para tenerlos», señalaban desde Unión de Uniones.

Otro problema habría sido la cría. La norma establece que solo van a poder criarse en centros autorizados. Afortunadamente, los perros para el ganado quedan fuera, algo esencial, pues estos animales normalmente se crían en las propias explotaciones, seleccionando para ello los que mejor desempeñan su trabajo, algo que en un centro, por muy oficial que fuera, no podrían hacer de la misma manera.

Los de caza.

Esta prohibición de criar impuesta a los particulares también habría sido una amenaza para los perros de caza. Estas razas, que a menudo no cuentan con demasiados ejemplares, sobreviven por el tesón de aficionados que, invirtiendo mucho tiempo y dinero, van seleccionando a los animales que mejor muestran las características que les son propias. Se trata del resultado de décadas de trabajo que podrían haberse ido por el desagüe gracias a esta ley, dado que una persona que saca una camada cada uno o dos años no es probable que dé de alta un centro de cría, con el perjuicio que eso iba a suponer para la raza en cuestión.

Los perros de las rehalas utilizadas para la caza mayor también se habrían visto afectados por la prohibición de estar sueltos en espacios públicos y por los requisitos burocráticos que iban a ser necesarios para mantenerlos. En ese sentido, ASAJA valora que hayan quedado excluidos, puesto que el aumento de la población silvestre en especies como el corzo, el jabalí o el conejo suponen una amenaza para el desarrollo de los cultivos, la supervivencia del ganado y para la prevención y/o expansión de las enfermedades que estos animales transmiten, como es el caso de la tuberculosis bovina o la peste porcina africana. Sin el desarrollo de la actividad cinegética este control no sería posible.

También ha levantado ampollas el hecho de que, a pesar de que ya estuviera prohibido cortar orejas o rabo a los perros (en determinadas razas y modalidades de caza es una práctica conveniente para evitar lesiones futuras), la ley obligara a castrar a los perros y no considerara a eso mutilación. La norma persigue salvaguardar los supuestos derechos de los animales, pero parece ser que el derecho a reproducirse no lo han contemplado.

Afortunadamente, los perros de caza y para el ganado han quedado fuera. Muchas voces hablan de que esta exclusión da impunidad para el maltrato a cazadores y ganaderos, pero lo cierto es que las malas prácticas con animales ya están recogidas y castigadas en el Código Penal desde hace años.

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