Aclaran que los desahucios sólo se pararán en confinamiento

Pilar Muñoz
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Según el letrado Eloy Sánchez, el decreto ley publicado no los impide en vivienda habitual ni en caso de ocupaciones con violencia

Aclaran que los desahucios sólo se pararán en confinamiento - Foto: Rueda Villaverde

El primer decreto del año relativo a la ocupación de viviendas ha venido a crear más confusión en un terreno ya resbaladizo. El Gobierno de Pedro Sánchez  ha ampliado la suspensión en materia de desahucios respecto a  personas vulnerables y ha modificado dos de los supuestos en los que no era posible esa suspensión.Entonces, ¿no se puede echar a un ocupa? Si, en el caso de que se haya ocupado un domicilio habitual o una segunda vivienda, explican a La Tribuna varios abogados  de Ciudad Real, entre ellos Eloy Sánchez Palacio, quien remarca que «nunca procede la suspensión si se trata de la residencia habitual o segunda vivienda porque sería allanamiento de morada». Tampoco procede si se ha usurpado con violencia o intimidación siendo casa habitada y si hay indicios de que se usa para tráfico de drogas o prostitución.  

En el caso de las inmobiliarias y grandes propietarios con más de 10 fincas pueden solicitar la compensación si han tenido perjuicios siempre que en tres meses la administración no hubiera adoptados medidas para atender a la vulnerabilidad de los afectados.  

No obstante, Sánchez Palacio señala que, según el decreto ley publicado en el BOE, la última palabra la tiene el juez, dejan el asunto a «discreción del juez», que «debe ponderar si se aplica dicho decreto, que según otros letrados ha ‘colado’ el vicepresidente Pablo Iglesias.

Aclaran que los desahucios sólo se pararán en confinamientoAclaran que los desahucios sólo se pararán en confinamiento - Foto: Rueda VillaverdeSin embargo el letrado considera que no se puede generar alarma y, aun pensando que todo es política, indica que sólo se aplica a personas físicas o grandes tenedores y que sólo se suspende el desahucio durante el estado de alarma.