11 años de prisión para un hombre que abusó de una niña

Efe
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La víctima vivía con su madre y con su tía, con las que el acusado mantenía una relación sentimental simultánea: de la primera era novio y con la segunda estaba casado.

11 años de prisión para un hombre que abusó de una niña - Foto: Rueda Villaverde

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a un hombre a 11 años y un día de cárcel como autor de un delito continuado de abuso sexual a menor de dieciséis años, agravado por el empleo de prevalimiento, en el municipio de Manzanares.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Audiencia de Ciudad Real considera probado que durante los años 2016 y 2017, cuando la menor tenía menos de 10 años de edad, sufrió abusos del condenado en la vivienda en la que vivían ambos junto a la madre de la víctima, con la hermana de ésta y los dos hijos de ésta.

El acusado estaba casado con la tía de la víctima de los abusos, y mantenía simultáneamente una relación con la madre de la menor y una tercera mujer, que era hermana de la menor abusada.

En este contexto, en fechas que no han podido ser determinadas pero, en todo caso, en numerosas ocasiones, el procesado, con la intención de satisfacer sus libidinosos deseos y aprovechándose de su cercanía afectiva con la menor, quien le consideraba como padre, la desnudaba y la obligaba a realizar distintos actos sexuales.

Como consecuencia de estos hechos, la menor presentó conflictos en la esfera sexual, dificultad en la identificación de su propio rol sexual, angustia de tipo sexual y dificultades en la relación con el otro sexo.

También sufrió angustia de tipo depresivo, dificultades en las relaciones interpersonales, desconfianza e impulsividad, precisando tratamiento psicológico.

La Audiencia de Ciudad Real ha impuesto al condenado la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y como medida de libertad vigilada con el contenido de prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, o lugar de estudios o trabajo a una distancia inferior a 200 metros, y de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, de forma directa o indirecta, durante 10 años y de someterse a programas formativos de educación sexual en tal plazo.

Esta última medida deberá ser cumplida una vez finalice el cumplimiento de la pena de prisión y, lógicamente, a fin de evitar su concurrencia con las accesorias de igual naturaleza, una vez se hayan cumplido también las accesorias de prohibición de comunicación y las de alejamiento