Multas de hasta 500 euros para la Zona de Bajas Emisiones

M.Lillo
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Establece tres categorías de infracciones, leves, graves y muy graves y determinados supuestos a castigar económicamente para quienes incumplan las obligaciones de la ZBE

Multas de hasta 500 euros para la Zona de Bajas Emisiones - Foto: Rueda Villaverde

Nuevas exigencias para circular en coche por la ciudad y nuevas sanciones. La Zona de Bajas Emisiones supondrá multas de entre 75 y 500 euros para quienes se salten las condiciones de acceso a todo el interior de la ronda. Así se establece en el borrador de la nueva ordenanza que ayer mismo fue objeto de análisis en el Consejo de Movilidad y que todavía debe tener el visto bueno del Pleno municipal.

Este borrador, que también regulará las zonas peatonales y de prioridad peatonal, establece tres categorías de sanciones: las leves, castigadas con 75 euros; las graves, con una multa de 200 euros; y las muy graves, con hasta 500 euros. Todas ellas pueden incrementarse en un 30% en el caso de reincidencia, cuando se comete más de una infracción de la misma naturaleza en un plazo de un año.

Una infracción leve es el incumplimiento de la prohibición de circular por las calles de prioridad peatonal y zonas peatonales, así como circular dentro de la Zona de Bajas Emisiones con vehículos más contaminantes de las categorías L (vehículos a motor con menos de cuatro ruedas), M1 (transporte de pasajeros con menos de ocho asientos) y N1 (transporte de mercancías con una masa máxima que no supere las 3,5 toneladas). También se impondrá esta sanción de 75 euros para los vehículos con matrícula extranjera que circulen por la ZBE sin inscripción previa.

Entre las infracciones graves aparecen la circulación por la Zona de Bajas Emisiones de vehículos más contaminantes de categoría M2 y M3 (transporte de personas), N2 y N3 (transporte de mercancías), así como entrar en esta zona cuando se hubiera declarado un episodio de contaminación del aire también para determinados vehículos profesionales.

En cuanto a las infracciones muy graves, la ordenanza incluye aquí el 'colarse' dentro de la Zona de Bajas Emisiones cuando se hubiera declarado un episodio de contaminación del aire con vehículos también de categorías profesionales.

El borrador contempla que el objetivo de esta nueva norma es «establecer los criterios de circulación en la Zona de Bajas Emisiones, calles de prioridad peatonal y zonas peatonales, con el objetivo de reducir las emisiones a la atmósfera procedentes del tráfico rodado, puesto que éste es el origen más importante de los niveles de contaminación de efecto local de la ciudad».

Sin embargo, en el anexo de la ordenanza que se llevó ayer también al Consejo de Movilidad se detalla que «en Ciudad Real no se considera tan prioritaria la mejora de la calidad del aire, bastante bueno según los parámetros y umbrales determinados por la OMS (Organización Mundial de la Salud) o la Unión Europea». El control de la nueva ordenanza correrá a cargo de la Concejalía de Movilidad y supondrá la implantación de una plataforma de gestión de matrículas, así como señalización y medidores de contaminación. La ordenanza prevé que el 1 de enero de 2024 todo el municipio sea ZBE.