Multar por llevar música por la calle o lanzar petados

H. L.M.
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El texto regula las fiestas en locales o domicilios que generen molestias por música, baile o aglomeración

Multar por llevar música por la calle o lanzar petados - Foto: PABLO LORENTE

El borrador de la ordenanza de ruido implica además regular aspectos que hasta ahora no existían. El principal es la utilización de «aparatos de reproducción sonora funcionando a elevado volumen». También se marcan como actividades prohibidas gritar, explotar petardos o permanecer en horario nocturno en concurrencia con otras personas en espacios públicos o exteriores de titularidad privada. La edil apuntó que, actualmente, ya se sancionan estos aspectos y, de hecho, «la mayor parte de sanciones por incumplimiento de la ordenanza de ruido actual es por gente en el ámbito privado, con ladridos de perros, fiestas o varias sanciones a vehículos que van con la música a alto volumen».

Además, la nueva normativa marca actuaciones cuando se emitan ruidos por actividades en espacios privadas. Por ejemplo se indica que queda prohibido el «realizar fiestas en locales o domicilios particulares que generen molestias, debido al número de personas congregadas, al elevado volumen de la música, a la práctica de baile u otros comportamientos» e igualmente se remarca la prohibición de realizar ensayos o interpretaciones musicales o emitir música, a elevado volumen, causando molestias al vecindario.

Estas situaciones afectan a otras actividades del ámbito privado como ocasionar ruidos de impacto por reparaciones, instalaciones de elementos domésticos o la realización de obras en el interior de las viviendas o locales desde las 20 hasta las 8 horas, hasta las 10 horas los sábados, domingos y festivos. Estos horarios se llevan también en el ámbito de la construcción. «Se trata de un marca horario que no existía y al que se suman aspectos como la recogida de vidrio que no se podrá realizar el fin de semana.», dijo Boadella.