Juzgado designa un administrador judicial para DO Valdepeñas

Efe
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El juez estima la petición de medidas cautelares solicitada por Asaja, Coag, Upa y Cooperativas Agroalimentarias y se nombrara un administrador judicial "con plenas facultades para conservar y administrar todos los bienes y derechos" de la DO

Juzgado designa un administrador judicial para DO Valdepeñas - Foto: Tomás Fernández de Moya

El titular del Juzgado de 1ª Instancia y de Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real ha dictado un auto por el que designa un administrador judicial para la Denominación de Origen (DO) 'Valdepeñas' mientras se nombra un liquidador judicial.

En el auto al que ha tenido acceso Efe, el juez estima la petición de medidas cautelares solicitada por Asaja, Coag, Upa y Cooperativas Agroalimentarias de Castilla-La Mancha y que se nombrara un administrador judicial "con plenas facultades para conservar y administrar todos los bienes y derechos" de la DO.

Así lo indica el juez Carmelo Ordóñez en su auto, en el que establece que el administrador judicial podrá actuar sobre los bienes muebles e inmuebles, dinero, cuentas corrientes, valores cotizables y sueldos de los trabajadores, entre otras, que requerirán autorización judicial previa, con audiencia de todos los socios de la asociación.

Una vez designada la aceptación del cargo del administrado judicial, éste deberá llevar a un informe acompañado de un inventario en el que se detalle la situación de la asociación, su situación financiera, un inventario de bienes y otro referido al pasivo de obligaciones a medio y a largo plazo que tenga la asociación.

Los honorarios que devengue en ejercicio de la Administración judicial serán con cargo a la asociación y para el supuesto hipotético de que no pudiera cubrir por inexistencia de tesorería tales honorarios podrán ser reclamados para su abono a la parte que ha instado las medidas cautelares con independencia de que los honorarios devengados deban ser sufragados íntegramente por la asociación demandada, puesto que supone un claro beneficio para todos los asociados.

El juez Ordóñez, que en otro auto se declara competente para tomar estas medidas, mantiene que ha quedado suficientemente acreditado la postura obstruccionista de algunas de las empresas que participan como asociados en la toma de decisiones de la DO, fundamentalmente del sector de la producción, que la ha llevado "a un punto sin retorno, que en puridad perjudica a todos y cada uno de los socios y grupos empresariales que integran tal asociación".

En este sentido, señala que es tal el nivel de enfrentamiento que existió entre algunas de las empresas que integran el sector de producción que algunas de ellas ya acudieron a solicitar medidas cautelares al juzgado mixto nº 1 de Valdepeñas.

Además, el juez sostiene que en la DO están trabajando varios empleados que deben percibir su nómina a final de mes, siendo necesario adoptar medidas de protección de sus derechos laborales.

Igualmente, reconoce que existen aún excedentes que tienen que ser liquidados entre todos y cada uno de los socios, habiéndole sido retirado a la DO por parte de la Consejería el certificado de la denominación de origen, por lo que no cabe duda alguna de que la asociación no puede seguir sin órgano de Administración y que, por tanto, es más que aconsejable el nombramiento de administrador judicial que lleve a cabo todas estas operaciones propias de su cargo y que pueda incluso sustituir al órgano de Gobierno su facultades de administración.

Finalmente, el juez señala que existe un peligro constatado irreal de peligro por la mora procesal, que para el interés de la asociación y de los socios que la componen debe ser acordada por la Administración judicial y la adopción de las medidas cautelares solicitadas con el fin de "no dejar a la deriva esta situación tan grave y caótica en la que se encuentra sumida" la DO.