La capital no subirá ningún coeficiente de la ley de plusvalia

M. L.
-

El concejal de Hacienda, Nicolás Clavero, avanza que bajarán los coeficientes a los que estén obligados, pero no incrementarán los que podrían aumentar

La capital no subirá ningún coeficiente de la ley de plusvalia - Foto: RUEDA VILLAVERDE

El Ayuntamiento de Ciudad Real no aplicará ninguna subida a los coeficientes del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalías, después de que el pasado mes de noviembre se publicara un decreto que establecía las nuevas condiciones para este tributo. El concejal de Hacienda en el Consistorio de la capital, Nicolás Clavero, comentó que «la nueva ley implica nuevos coeficientes», unos de ellos por debajo de los que estaban hasta ahora aprobados en el Ayuntamiento de Ciudad Real y otros por encima. No obstante, el edil aseguró que los que tienen obligación de bajar, «se bajarán, mientras que aquellos que podrían subir, no subirán».

El edil de Hacienda aseguró que «no se va a subir ningún coeficiente» de este impuesto, por lo que considera que supone un beneficio para los vecinos de la capital.

Clavero comentó que la modificación de esta ordenanza está actualmente en trámite de consulta previa, una consulta que está expuesta en la página web del Ayuntamiento y que cuenta con un plazo hasta el próximo 30 de enero para realizar posibles reclamaciones.

«Con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de modificación de ordenanza, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma», detalla el documento de consulta previa.

En relación al cambio relativo a la ordenanza sobre el impuesto de las plusvalías se explica que «la modificación propuesta tiene por objeto adaptar la ordenanza fiscal del impuesto a lo dispuesto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, cuyo artículo 71 modifica los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor, bajando los coeficientes que correspondan sin incrementar el resto de coeficientes».

De esta forma, se actualizará este impuesto municipal y se adaptará a las sentencias que se han emitido en esta materia, teniendo en cuenta el mandato del Tribunal Constitucional contenido en su Sentencia 59/2017 de no someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos, por lo que en el decreto se introduce un nuevo supuesto de no sujeción para los casos en que se constate, a instancia del interesado, que no se ha producido un incremento de valor.