A juicio por quemar el domicilio familiar en Tomelloso

EFE
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La vista comenzará este martes en la Audiencia Provincial de Ciudad Real por los hechos sucedidos en enero de 2020, con un hombre acusado de haber quemado el domicilio familiar y haber amenazado a su ex mujer

Audiencia Provincial de Ciudad Real. - Foto: Rueda Villaverde

Un hombre será juzgado el próximo martes, 7 de febrero, en la Audiencia Provincial de Ciudad Real por haber quemado el domicilio familiar en Tomelloso y haber amenazado a su ex mujer.

Según el escrito de conclusiones provisionales del ministerio fiscal, el 11 de enero de 2020 el acusado se encontraba en el domicilio que compartía con su exesposa y sus dos hijos y recibió una llamada de uno de ellos para decirle que todos ellos estaban en la localidad de San Fernando, en Cádiz, y pedirle que sacase a pasear al perro.

Sobre las 16:20 horas el acusado, con ánimo de menoscabar el sentimiento de seguridad de su exmujer según la fiscalía, la llamó a su móvil y dijo: "si no volvéis antes de las 19:00 horas le pegó fuego a la casa".

A las 16:50 horas, prendió fuego a un colchón en el dormitorio, a una cocina campera que linda con el patio y a distintos efectos en el interior del salón, provocando de esta manera tres focos de fuego que se volvieron incontrolables.

El acusado abandonó la vivienda sin avisar al servicio a los servicios de emergencias que posteriormente acudieron al lugar, alertados por los vecinos, para sofocar el incendio.

En el momento de los hechos el acusado se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, lo que alteraba parcialmente sus capacidades cognitivas y volitivas pero sin llegar a anularlas totalmente, ha apuntado el fiscal en su escrito.

A consecuencia de estos hechos la vivienda sufrió desperfectos que fueron tasados pericialmente en 5.730 euros.

Será juzgado por un delito de amenazas condicionales y un delito de incendio, por los que se enfrenta a la pena de dos años de cárcel por el primero de ellos y veinte meses de prisión por el otro.

En el caso del delito de amenazas concurre la circunstancia agravante de parentesco y la circunstancia atenuante analógica de embriaguez, mientras que en el delito de incendio concurre la circunstancia atenuante analógica de embriaguez.