Rebajan a 15 años una condena por tres intentos de homicidio

Pilar Muñoz
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El Tribunal Supremo considera desproporcionada la pena de 21 años que la Audiencia impuso a dos jóvenes que atropellaron a tres hombres en Tomelloso tras una discusión

Los acusados, en el banquillo, ante el Tribunal de la Audiencia de Ciudad Real que enjuició los hechos - Foto: RUEDA VILLAVERDE

El Tribunal Supremo revoca la sentencia dictada por la Audiencia de Ciudad Real que condenaba a dos jóvenes a 21 años de cárcel por tentativa de homicidio y rebaja la pena a 15 años. Los hechos ocurrieron en julio de 2015 en Tomelloso cuando los procesados embistieron con su vehículo contra tres jóvenes que estaban junto a un tonel tomando unos refrescos.

Los encausados recurrieron la sentencia de la Audiencia en casación y ahora el Supremo la deja sin efecto en cuanto a las penas. El Alto Tribunal juzga que el resultado «no es proporcionado, pese a ser formalmente legal». Explica que los criterios manejados por la Audiencia Provincial para dejar en siete años (casi el máximo legal posible que sería siete años y seis meses) la duración de la prisión por cada delito de homicidio en grado de tentativa no llegan a justificarla.

Ciertamente «fue un ataque con ciertas dosis de sorpresa y eso dota de mayor gravedad el hecho», pero el Supremo entiende que el Tribunal de la Sección Primera que enjuició los hechos «no ha valorado otros elementos que saltan a la vista y que evocan menor gravedad».

Según el Alto Tribunal, «estamos ante un hecho de dolo eventual y no directo». Además, tras fundamentar su dictamen, señala que «hay razones sobradas y margen legal para romper la poco inteligible simetría punitiva que no corresponde con la patente diferente gravedad». De este modo, el Supremo considera que ha lugar una respuesta más moderada para no igualar acciones de gravedad dispar y preservar la fuerza estimuladora del atenuante de reparación del daño (pagaron la responsabilidad civil). Si ello se une la edad de los autores (muy jóvenes) y se contemplan no lo tres resultados hipotéticos aisladamente, sino de forma conjunta, «se nos antoja más proporcionada la pena de cinco años por cada uno de los homicidios en grado de tentativa (rebajar un solo grado, pero sin superar el mínimo posible) lo que supondrá un cumplimiento total de 15 años».

Hechos. En cuanto a los hechos probados, el Supremo los da por reproducidos. La Audiencia de Ciudad Real juzgó acreditado que Ramón G. de la R., que en mayo cumplirá 23 años, y su primo José Ramón T. de la R., que está a punto de cumplir los 21, eran autores de tres delitos de homicidio en grado de tentativa por los que fueron condenados a 21 años de cárcel y 18 meses más en el caso del primero por conducción temeraria.

Los hechos por los que han sido sentenciados ocurrieron sobre las diez y media de la noche del 3 de julio de 2015, en la puerta de un bar de Tomelloso, donde tres jóvenes estaban tomando un refresco sobre un tonel que hacía la función de mesa cuando los ahora condenados les pidieron ayuda para mover su coche porque no arrancaba.

 Los jóvenes se excusaron y no les prestaron auxilio, «lo que produjo cierto enojo en los acusados que les profirieron expresiones del tipo ‘me cago en vuestros muertos’», mientras se dirigían hacia el coche consiguiendo finalmente ponerlo en marcha.

Una vez arrancado el vehículo, se bajaron llevando Ramón T. de la R. una herramienta metálica (una llave para cambiar los neumáticos) con la que golpeó a uno de los chicos, que pudo evitar que el diera en la cabeza, golpeándolo en el hombro, donde quedó grabada la forma hexagonal del gato. El joven empujó a los agresores que cayeron al suelo. De un salto se pusieron en pie y salieron huyeron en el coche, advirtiendo con ánimo de venganza que volverían.

Diez minutos después regresaron y dirigieron el vehículo directamente hacia el tonel donde estaban los jóvenes, que salieron despedidos tras ser arrollados. Uno de ellos cayó sobre el capó del coche de los procesados y salió despedido unos cinco metros de su posición inicial. Los dos fueron condenados a 21 años de cárcel y seis meses más el que conducía. Ahora el Supremo rebaja a 15 años la pena.