"No hay pruebas" de los abusos a una discapacitada

E. Press
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La defensa de J. M. M. N afirma que "no hay pruebas que corroboren la veracidad del testimonio de la supuesta víctima salvo la credibilidad que se le pueda dar y que tiene que completarse con otras pruebas subjetivas que no se han obtenido"

"No hay pruebas" de los abusos a una discapacitada - Foto: Rueda Villaverde

La defensa de J.M.M.N., acusado que fue absuelto de abusar de una mujer con una discapacidad del 65 por ciento en Ciudad Real y que desde este martes vuelve a sentarse en el banquillo de los acusados por la repetición del juicio sobre estos mismos hechos, ha defendido que "no hay pruebas que corroboren la veracidad del testimonio de la supuesta víctima salvo la credibilidad que se le pueda dar y que tiene que completarse con otras pruebas subjetivas que no se han obtenido".

Así lo ha relatado este martes el abogado del acusado a Europa Press tras la celebración de la primera sesión del juicio en la Audiencia Provincial de Ciudad Real. "Por parte de esta defensa, salvo lo que suceda mañana, la valoración es muy similar a la del juicio anterior", ha destacado.

El acusado, J.M.M.N, está siendo juzgado por abusar sexualmente de una mujer con una discapacidad del 65 por ciento. Los hechos se remontan a 2019 cuando, según dicta el escrito de la Fiscalía, el abuso se produjo mientras la mujer estaba recogiendo moras "a pesar de que esta le manifestara reiteradamente su negativa e intentara apartarse del acusado, consiguiendo finalmente zafarse, subir a su bicicleta y marcharse del lugar".

La vista ha sido celebrada por segunda vez tras la absolución del procesado en 2022, cuya sentencia fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Este martes han concluido las pruebas testificales y este miércoles finalizará con las testificales y las conclusiones.

Por estos hechos, la Fiscalía pide una pena de nueve años de prisión por un delito de abuso sexual, además de la prohibición de que el acusado de aproxime a la víctima a 500 metros durante un tiempo superior en cinco años a la pena de prisión que resulte impuesta.