Mercantil avala la legalidad de la puja de Tzaneen por el aeropuerto

M. Chaves
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Desestima el recurso de la administración solicitando que se fije una nueva subasta

El Juzgado de Instrucción número 4 de Ciudad Real con competencias en lo Mercantil emitió ayer un auto en el que desestima el recurso por el que los administradores concursales de CR Aeropuertos, que se sumaron al de la concursada, solicitaban la suspensión de la subasta del aeródromo que tuvo lugar el pasado 17 de julio y que se cerró con la única puja de Tzaneen International SL por una cantidad de 10.000 euros. Además, el auto del juzgado también cierra la puerta a una nueva convocatoria de subasta, tal y como se reclamaba desde la administración concursal, que pedía que se celebrase sin precio de salida, tal y como la fijada para el 19 de junio y que terminó suspendiéndose.

El documento del juzgado no ha tenido en cuenta los criterios que sustentaban el recursos de los administradores, que apuntaban a la falta de seriedad de la puja de Tzaneen y a la insuficiencia del aval de dos millones de euros que presentó la compañía para participar en la subasta. En este punto, se recuerda que «sobre la validez del aval, existe ya pronunciamiento expreso de la secretaria en el acto de la subasta», ya que sin la validez del mismo Tzaneen no podría haber participado en el proceso. Además, desde el Juzgado también se explica que los plazos de publicidad de la subasta se cumplieron y que, pese a la anulación de la subasta inicial, sí hubo tiempo para que cualquier otra empresa hubiese podido presentar su garantía de dos millones para hacerse con el aeropuerto de Ciudad Real.

Concursada. Sobre el recurso de CR Aeropuertos contra la providencia de 10 de julio en la que se fijó la fecha del 17 para la subasta con Tzaneen como única postora y en el que se alegaba su capacidad procesal en contra de lo que dictaba la resolución, el Juzgado acuerda estimarlo parcialmente al entender que la concursada tiene un «interés legítimo» en el proceso habida cuenta de su condición de deudor y de su situación en el proceso de liquidación. Así, se tendrá en cuenta la capacidad procesal de CR Aeropuertos.

Las alegaciones al proceso presentadas por Griffin-Pegasus Airports Limited y Ciudad Real International Airport SL no han sido tenidas en cuenta al entender el Juzgado que «no han acreditado interés legítimo en el presente procedimiento».