La Consejería elimina la periodicidad de las Comisiones de Patrimonio

I. Ballestero
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A raíz del nuevo decreto, publicado el 8 de abril, las reuniones se celebrarán por convocatoria del presidente y no de manera mensual

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha publicó, a través del Diario Oficial de la región (DOCM) el pasado 8 de abril, el decreto que regula ahora las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural, que hasta la fecha se reunían de manera periódica y cuya nueva normativa establece que su celebración se llevará a cabo previa convocatoria del presidente de cada una de las cinco comisiones provinciales, eliminando así el carácter mensual de las mismas. El decreto, que consta de siete artículos completados por una disposición transitoria, una disposición derogatoria y una disposición final, estipula la composición de estas comisiones y el procedimiento por el que se lleva a las mismas los asuntos a tratar.
Las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural vienen a sustituir a la anterior nominación de las mismas, que funcionaban bajo el nombre de Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico. Los nuevos organismos quedan, según el decreto, constituidos como «órganos colegiados consultivos en materia de patrimonio cultural», algo que, según señala el anuncio del DOCM, le otorga un carácter «más acorde con la actual regulación». Ese carácter consultivo establece que sus funciones se realizarán «en aquellas materias que le sean solicitadas pro la Consejería competente en materia de Patrimonio Cultural».

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