Socuéllamos contempla bonificaciones para el IBI

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Las familias numerosas de Socuéllamos tienen de plazo hasta el 30 de enero para solicitar una rebaja en el Impuesto de Bienes Inmuebles que va del 15% al 25%

Socuéllamos contempla bonificaciones para el IBI

El Ayuntamiento de Socuéllamos informó ayer sobre el contenido de las ordenanzas fiscales número 2 y número 29, que fueron publicadas mediante sendos bandos para dar a conocer las reducciones establecidas sobre las tarifas correspondientes al suministro de agua potable y recogida de basura y sobre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

En concreto, la ordenanza fiscal número 2 es la que establece una bonificación en la cuota íntegra del IBI a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa. En el caso de tener tres hijos, se aplicará una bonificación del 15%, mientras que si se supera esa cifra, la rebaja será del 25%. El periodo de cobro voluntario queda fijado entre el 1 de abril y el 20 de julio, ambos inclusive.

Estas bonificaciones sólo tendrán efecto sobre la residencia habitual y siempre que los solicitantes tengan el carné de familia numerosa vigente, que el valor catastral de la vivienda sea inferior a los 60.000 euros, que los ingresos per cápita de la familia bonificada sean inferiores 5.000 euros y que estén empadronados y sean residentes en la localidad. Las solicitudes se presentarán al efecto entre el 1 y el 30 de enero de cada ejercicio.

En cuanto a la ordenanza número 29, reguladora de la tasa por distribución y suministro de agua potable a domicilio, el Consistorio establece una reducción en la tarifa, que se hace extensiva a la tasa de recogida de basura y a la tasa de tratamiento y depuración de aguas residuales. Va dirigida a los pensionistas jubilados, desempleados y familias numerosas que reúnan también una serie de requisitos.