Los inmigrantes tendrán derecho a una sanidad universal

SPC
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La nueva normativa presentada por la ministra Carmen Montón también beneficiará a los ciudadanos que no tengan tarjeta de la Seguridad Social y a los que nunca hayan cotizado

Una de las propuestas del nuevo Ministerio de Sanidad, presidido por Carmen Montón, es la recuperación por parte de los inmigrantes en situación irregular del derecho a la asistencia sanitaria en iguales condiciones que los españoles sin tener que justificar su residencia en España, siempre y cuando los servicios sociales constaten que su país no puede abonar esta cobertura, lo que, según la titular, constituye un «gran cambio».

Montón lo defiende a partir del borrador de decreto ley, que su ministerio remitió la semana pasada a las comunidades autónomas, por el que se garantiza el derecho al acceso a la salud a todas las personas.

Esta normativa, aplaudida por las asociaciones defensoras de la sanidad pública y por los grupos parlamentarios de Podemos y Ciudadanos, permite recuperar formalmente la sanidad universal, sin la necesidad de ser titular de la tarjeta de la Seguridad Social -algo que en España solo se podía conseguir con un contrato de trabajo-, y sin la obligación de estar empadronado, por lo que también se benefician del nuevo decreto los españoles que nunca hayan cotizado a la Seguridad Social, dado que se desvincula la situación laboral del derecho a la cobertura sanitaria.

De esta manera, tendrán cobertura sanitaria las personas que se encuentran en situación regular, que son la mayoría, y las procedentes de países que no puedan sufragar esta asistencia o las que no cuenten con un tercero, por ejemplo un seguro médico o convenio.

En el caso de los inmigrantes que residen en España de manera regular, serán también las autonomías las encargadas de fijar los requisitos y la documentación que deben aportar estas personas para obtener cobertura sanitaria.

Cuando se trata de inmigrantes irregulares, el borrador excluye la obligación de acreditar el período mínimo de empadronamiento de 90 días que en un primer momento preveía el citado decreto, y serán los servicios sociales de las comunidades los que concedan, a través de un informe favorable, el derecho a la asistencia.