La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un agricultor de Calzada de Calatrava que había recibido una multa de 6.881por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG), al considerar que la tramitación del expediente sancionador excedió el plazo de un año legalmente previsto, en concreto, según recoge el tribunal extremeño, tuvo una duración total de 12 meses y cuatro días, que son los que han provocado la anulación de la resolución.
La sentencia, a la que ha tenido acceso La Tribuna, recuerda que la resolución administrativa que da origen al recurso presentádo por el agricultor, dictada por la CHG imponía al recurrente una multa de 6.010,13 euros, además de una indemnización de daños por 871,08 euros. Del examen del expediente administrativo resulta que el procedimiento sancionador se inició, por denuncia del personal de vigilancia de la CHG en el mes de julio de 2009, haciéndose constar entonces como hechos denunciados la detracción de aguas subterráneas de un pozo, utilizándose el agua para el riego de 28,09 hectáreas de vid en una explotación situada en Calzada de Calatrava. (Más información en la edición impresa)