Las apuestas en la región tendrán un tope máximo de 100 euros

S.L.H. / Toledo
-

Es el límite que ha fijado el Gobierno regional para las apuestas mutuas y de contrapartida en la nueva Ley del Juego. Para las cruzadas, la apuesta máxima será de 600 euros

Hasta ahora las apuestas en la región sólo se permitían en fiestas como 'Las Caras' de Calzada de Calatrava. - Foto: PABLO LORENTE

El Gobierno regional abrirá el próximo sábado, día 9 de noviembre,

las puertas para que  se puedan abrir nuevos establecimientos de juego en la región o para que los locales ya existentes puedan incorporar juegos que hasta la fecha eran exclusivos de los casinos y que, por tanto, jamás habían entrado en la región.

La Ley 2/2013, de 25 de abril, del Juego y las Apuestas de Castilla-La Mancha, establece un nuevo marco normativo con el que se pretende conseguir una mayor flexibilidad jurídica para responder a los rápidos cambios que han de afrontarse con la irrupción de las nuevas tecnologías y el establecimiento de nuevos sistemas de comunicación interactiva. Por tanto, el objeto de la presente orden, publicada ayer en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) es la regularización de los requisitos técnicos de los materiales para la práctica de las apuestas, su formalización y pago de los premios, en desarrollo del Catálogo e Juegos y Apuestas de Castilla-La Macha aprobado por Decreto 82/2013, de 23 de octubre.

En la citada orden se especifican que, según la organización y distribución de las sumas apostadas, las apuestas pueden ser mutuas, de contrapartida o cruzadas.

En las apuestas mutuas, el fondo repartible no será inferior al 70 por ciento del fondo inicial. En las de contrapartida, el premio por apuesta se obtendrá multiplicando el coeficiente validado previamente por la empresa autorizada por el importe apostado. Y en las cruzadas, el premio consistirá en la cantidad apostada por cada jugador previa detracción de la comisión sobre las apuestas ganadoras que, en su caso, la empresa comercializadora y explotadora tenga autorizada, que no podrá exceder del 5% del importe de dichas apuestas. En todo caso, los límites máximos de las apuestas presenciales son de cien euros en las apuestas mutuas y de contrapartida; y de 600 en las cruzadas.

Pago de apuestas premiadas. El tiempo necesario para la realización de las operaciones de reparto de premios no excederá de 24 horas, contabilizadas a partir de la determinación de la validez de resultados del acontecimiento objeto de la apuesta. El abono de las apuestas premiadas se realizará mediante el empleo de medios legales de pago; y el cobro de los premios deberá realizarse sin coste alguno para el usuario.

TIPOS DE APUESTAS

Mutuas: Aquellas en las que un porcentaje de la suma de las cantidades apostadas sobre un acontecimiento determinado se distribuye entre los apostantes que acierten.    

De contrapartida: Aquellas en las que se apuesta contra un operador de juego, obteniéndose un premio resultante de multiplicar el importe de los pronósticos ganadores por el coeficiente que el operador haya validado.

Cruzadas: Aquellas en las que un operador actúa como intermediario y garante de las cantidades apostadas entre terceros.