"Conducir bajo efectos del alcohol, el delito más frecuente"

Pilar Muñoz
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Educación y respeto a las normas. Ésta es la base fundamental para la convivencia, también en la carretera. Así cierra Jesús Gassent, fiscal delegado de Seguridad Vial, la entrevista que ha concedido a 'La Tribuna'.

Lleva en la Fiscalía Provincial de Ciudad Real desde abril de 1999 ¿cómo han sido estos años? ¿Cuál es la reforma más significativa desde su punto de vista que se ha llevado a efecto en el Código Penal en la legislación en materia de Seguridad Vial?

Uno de los cambios fundamentales se recoge en la Ley Orgánica 15/2007 que, entre otras cosas, introduce una nueva modalidad delictiva relativa al artículo 384 que castiga con penas de prisión de tres a seis meses o multa de doce a veinticinco meses a quien condujera un vehículo con pérdida de vigencia del permiso o licencia por haber agotado los puntos del carné. También modificó el artículo 379 relativo a la conducción de un vehículo a más de 70 kilómetros por vía urbana u ochenta en interurbana. Del mismo modo, establece la tasa de alcohol en 0,60 miligramos por litro de aire espirado y en 1,2 gramos por litro en el caso de alcohol en sangre. Conducir un vehículo con tasas superiores a éstas es delito. Otra reforma fundamental en la Ley Orgánica 5/2010, en materia de seguridad vial, abre la posibilidad de decomisar el vehículo en supuestos graves. Se pide el decomiso en caso de conductores multirreincidentes que han sido condenados varias veces y aun así han seguido delinquiendo. Aparte del decomiso, en los casos graves o con resultado de lesiones graves o muerte la Fiscalía puede solicitar prisión preventiva. 

¿De qué modo han afectado estos cambios a los fiscales? ¿Más trabajo?

A partir del año 2007 ha habido más procedimientos por conducción sin permiso por la pérdida de puntos. La falta administrativa se convierte en delito y da lugar a un número importante de procedimientos. De hecho un buen número de las calificaciones formuladas por el fiscal son por conducir sin permiso.

¿Se da en mayor medida en algún sector de la sociedad?

No se puede hablar de etnias ni de colectivos. Hay un número determinado de personas reincidentes, pero no se puede hablar de un colectivo en particular. Las imprudencias en seguridad vial no se pueden achacar a un colectivo. 

¿De qué números estamos hablando?

Las diligencias previas y urgentes incoadas en el último año fueron 329 por conducir sin licencia o permiso. Las calificaciones por delitos de esta naturaleza, por conducir vehículos a motor sin haber obtenido nunca el permiso son 294, frente a las 349 de 2016, un 15,75% menos.  

Es un descenso relevante, pero la cifra sigue siendo alta. ¿A qué cree puede deberse?

Hay un núcleo determinado de población que comete ese delito y también reincidentes en estos hechos, como en la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

¿Cuál es el delito más frecuente que se comete en las carreteras de la provincia?

Este último, la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas. 

¿En qué medida?

Las diligencias previas y urgentes incoadas por conducir bajo los efectos del alcohol son 405, 50 con resultado de lesiones o daños. A este delito le sigue el de circular sin permiso con 319 asuntos.

¿A pesar de los controles de tráfico y campañas?

Han disminuido con respecto a 2016 con 478 escritos de acusación formulados. Pero sí sigue siendo el delito contra la seguridad vial que más se comete en las carreteras de la provincia.

¿Cuántas diligencias previas y urgentes se han tramitado en el último año?

Un total de 753, 569 de ellas se han tramitado en las guardias, en juicios rápidos. Son asuntos de tramitación más breve que las diligencias previas, que requieren de una instrucción más amplia. 

¿Qué asuntos contra la seguridad vial son los que más entran en las guardias?

Las alcoholemias, la conducción sin permiso. Son supuestos de tramitación rápida, juicios inmediatos con la posibilidad de que haya conformidad y el juzgado de instrucción dicte la sentencia o que no haya conformidad y vaya a un juzgado de lo penal para la celebración del juicio. 

¿Han sido más o menos que el año anterior?

Ha habido una disminución en cuanto a las calificaciones en materia de seguridad vial. De hecho, por ejemplo ha habido una disminución del 16% en los delitos de conducción sin permiso. Sólo ha habido una ligera subida en la negativa a someterse a hacer la prueba de alcoholemia. Se han formulado 30 escritos de acusación, sólo dos más que el año anterior.

¿Y por exceso de velocidad?

Se han incoado cuatro procedimientos por conducir a velocidad notoriamente superior a la permitida, más de 200 kilómetros por hora en carretera general. Por conducción temeraria han sido 19, han bajado respecto al año anterior que fueron 23. Sólo se ha registrado en la Fiscalía un caso de conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás con resultado de lesiones o daño. En general ha habido una disminución en las calificaciones y para nosotros es un dato importante porque quiere decir que hay menos hechos delictivos contra la seguridad vial.

¿Dónde está la clave para reducir aún más la siniestralidad en carretera?

En la educación y el respeto a las normas de tráfico.

¿Cómo garantizar la seguridad de los ciclistas, el colectivo junto a los peatones más vulnerable en carretera y ciudad?

Hay que respetar las normas. Es fundamental que todos respetemos la normativa y respecto a los ciclistas hay que guardar la distancia de seguridad, respetar la distancia lateral de al menos 1,5 metros con los ciclistas. Las normas están cumplirlas y sólo así se conseguirá una convivencia segura en las vías urbanas e interurbanas.

Recientemente un juzgado de Ciudad Real ha fallado que las denuncias de los foto-rojos no son válidas, generando opiniones encontradas, ¿cuál es su opinión sobre las multas de tráfico por este sistema instalado en semáforos de la ronda?

Es un asunto contencioso-administrativo y no podemos entrar. Es un tema administrativo, no penal.

Aparte de ser el fiscal delegado de Seguridad Vial, se encarga de los expedientes de expropiación forzosa, del Juzgado número 1 de lo Contencioso, de cuestiones de inconstitucionalidad y del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real, ¿son muchos frentes? ¿Cómo se lleva?

Se va llevando (sonríe). Hay épocas que son más agobiantes de trabajo, pero se sale adelante.

¿De todos estos cometidos cuál da más faena?

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 que tiene la competencia de Mercantil. Llevamos todo el penal que ingresa en el juzgado y en materia mercantil los procedimientos que requieren la intervención del fiscal.